La sentencia ratifica íntegramente el laudo arbitral y considera que se han producido “vicios graves que afectan a las garantías del proceso de elecciones sindicales y determina la nulidad del mismo”, estimando así las impugnaciones presentadas por C.G.T., CSIF Y USTEA.
De un censo de unos 1500 trabajadores/as por toda la provincia, habían “votado por correo” unos 800, circunstancia muy sospechosa, máxime cuando los trabajadores/as gozan de un permiso retribuido entre dos y cuatro horas para ejercer su derecho al voto, dependiendo de la ubicación de la urna. Incluso una interventora se sorprendió cuando apareció un “voto por correo” a su nombre en la mesa electoral sin que ella hubiese optado por este modo de ejercer el voto, presentando la correspondiente denuncia por usurpación de identidad.
Es una victoria contra quienes se acuerdan de los trabajadores únicamente cuando necesitan su voto, hasta el punto de suplantarlos como votantes, impidiendo el derecho al voto libre, directo y secreto, con el único objetivo de mantener prebendas sindicales y liberaciones, sin importarles un ápice los problemas laborales de los trabajadores/as.
Afortunadamente, ante el recurso de CCOO y UGT que defienden ese fraudulento “voto por correo”, la justicia ha dictaminado la repetición del proceso electoral desde el 13 de Mayo de 2011.
PAS de Educación de C.G.T




































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