A pesar de la tragedia se puede decir que Peter fue afortunado ya que me consta que la atención y el cuidado de su novia y sus amigos fue constante. Creo que ahí se manifiestan los lazos de solidaridad y compañerismo del proyecto de Casas Viejas. Como última acción política Peter concedió una entrevista a El País reclamando el derecho, no a una muerte digna, sino a una vida digna que ya no tenía. Quién mejor que un anarquista pare reclamar la libertad de elección sobre nuestras propias vidas, incluyendo el derecho a ponerle fin, sin aceptar las imposiciones morales o legales de la religión o el estado.
José
En http://www.cgtandalucia.org/Vivo-en-una-carcel-que-se-estrecha
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Una larga lista de antecedentes
Ramón Sampedro (1943-1998). Parapléjico desde 1968, cuando tenía 25 años, el hombre luchó durante 30 años para que los tribunales permitieran que un médico le diera una combinación de fármacos que acabara con su vida. No lo consiguió, y, al final, decidido a acabar con su vida, ingirió una dosis letal de cianuro que alguien le suministró. Luego se supo que había sido su amiga Ramona Maneiro, pero el delito de colaboración necesaria para el suicidio ya había prescrito. Su caso fue reflejado en la película Mar adentro.
Madeleine Z. (1938-2007). La mujer, que sufría una grave enfermedad paralizante, se quitó la vida en su casa de Alicante ingiriendo una combinación de fármacos. Recibió asesoría de la asociación Derecho a Morir Dignamente.
Inmaculada Echevarría (1955-2007). La mujer vivió 10 años postrada en una cama con la ayuda imprescindible de un respirador. Tardó más de medio año en conseguir que los médicos del Servicio Andaluz de Salud que la atendían aceptaran su petición de que la desconectaran de la máquina, algo a lo que, según la Ley de Autonomía del Paciente de 2002, tenía derecho. Al final, fue la propia Junta la que aprobó su demanda, que solo pudo cumplirse cuando cambió de hospital, de uno concertado a uno público. Su caso motivó que Andalucía elaborara una Ley de Muerte Digna, modelo de la que dejó preparada el último Gobierno socialista y que está pendiente de tramitar en el Congreso, donde no se espera que el PP la retome.
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Comunicado de la asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD)
http://www.eutanasia.ws/comunicados…
EN RELACIÓN CON LA MUERTE EN SU DOMICILIO DE PEDRO, ENFERMO DE ESCLEROSIS LATERAL AMIOTRÓFICA, publicada hoy por el diario El País.
1. La ley 41/2002 de autonomía del paciente establece como principios básicos “La dignidad de la persona humana, el respeto a la autonomía de su voluntad y a su intimidad; el derecho del paciente a decidir libremente entre las opciones clínicas disponibles y a negarse al tratamiento; y la obligación de todo profesional que interviene en la actividad asistencial al respeto de las decisiones adoptadas libre y voluntariamente por el paciente” (art. 2). 2. Tal y como han legislado Andalucía, Aragón y Navarra, y de acuerdo con la ley reguladora de los derechos de la persona ante el final de la vida, actualmente en fase de tramitación parlamentaria, “todas las personas que se encuentren en el proceso final de su vida tienen derecho a los cuidados necesarios para evitar el dolor y el sufrimiento (art. 4), lo que incluye,[…], la sedación, aunque ello implique un acortamiento de la vida […] para reducir su consciencia, con el fin de aliviar adecuadamente su sufrimiento o síntomas refractarios al tratamiento específico” (art. 11).
3. La sedación paliativa (dormir al paciente hasta que, a consecuencia de una enfermedad terminal, acontece su fallecimiento) es un tratamiento para aliviar el sufrimiento refractario (que no responde a ninguna otra medida). La sedación no sólo es un imperativo moral para el profesional cuando el paciente se encuentra en proceso de agonía, sino también un derecho de los enfermos terminales. Su justificación no depende de que la muerte sea inminente (agonía), sino de la voluntad del paciente de no seguir padeciendo un sufrimiento intolerable.
4. A pesar del marco legislativo, todavía los ciudadanos se encuentran con profesionales que dificultan el ejercicio de sus derechos. Negar la sedación paliativa a un paciente terminal porque no se encuentra en agonía es una falta de respeto a su autonomía y una crueldad injustificable.
5. Los poderes públicos tienen la obligación de garantizar el libre ejercicio de sus derechos a los ciudadanos. Por ello urgimos al nuevo Parlamento que culmine la aprobación del proyecto de ley presentado en el Congreso y que se arbitren las medidas para su cumplimiento evitando a las personas un trato desigual en el proceso de muerte según la Comunidad Autónoma en que residan.
6. Nuestra sociedad democrática se fundamenta en la libertad individual. La vida es un derecho, no una obligación. Los ciudadanos no estamos dispuestos a admitir que la autonomía de nuestra voluntad se vea limitada por la falta de sensibilidad de responsables políticos a los que parece no importarles el sufrimiento de los pacientes al final de su vida. La AFDMD reitera sus compromisos con la sociedad tanto en la defensa del derecho a morir con dignidad, como en la atención en el marco de la legalidad, de aquellos socios que no encuentren una respuesta satisfactoria dentro del sistema público de salud.


































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