Queremos recordar el marco legal que debería guiar y evitar los lamentables hechos recogidos y que presuntamente se pueden estar vulnerando varios artículos, a los que rigen este cuerpo policial recogidos en:
- Declaración Universal de los Derechos Humanos
- La constitución española: derechos y deberes fundamentales y libertades públicas
- El Estatuto de Autonomía de Cataluña: Competencias de la Generalitat en materia de seguridad pública y policía judicial.
- Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
- Ley 16/1991, de 10 de julio, de las policías locales: Disposiciones generales, principios básicos de actuación, disposiciones estatutarias comunes.
- Ley 4/03 de 7 de abril de ordenación del sistema de seguridad pública de Cataluña.
- Ley Orgánica 6/1984. El procedimiento de Habeas Corpus
- Intervención policial con presos y detenidos: Custodia, Traslado y medidas de seguridad, registro de detenido. Tentativas de autolesiones. Libros de custodia.
- Ley Orgánica 1 / 1992 de 21 de Febrero, sobre la protección de las personas. Detenciones por falta y/o delitos.
-Ley Orgánica 1 / 1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana
- DECRETO 415/2011, de 13 de diciembre, de estructura de la función policial de la Dirección General de la policía
Además ya se señala otros hechos, agravios y medidas correctoras, en el propio Informe Anual 2011 de prevención de la Tortura, redactado por el Síndic de Greuges de Cataluña:
http://www.sindic.cat/site/unitFiles/3088/Informe%20ACPT%202011.pdf
Y de interés sobre maltratos inhumanos del Informe Anual de Amnistía Internacional 2011, relativo al Estado español:
http://www.amnesty.org/es/region/spain/report-2011
Evento en Facebook: http://www.facebook.com/events/268605146535239/
MANIFESTACIÓN: SÁBADO 14 DE ENERO A LAS 18H. PLAZA CRISTO REY, MANRESA (Barcelona)

































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