El Poder Ejecutivo nacional, a través del ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos que encabeza Aníbal Fernández, resolvió autorizar a la Policía Federal a utilizar proyectiles expansivos, un tipo de munición que produce gravísimos daños al impactar sobre una persona y que fue prohibido para uso militar en la declaración de La Haya del 29 de julio de 1899.

El Poder Ejecutivo nacional, a través del ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos que encabeza Aníbal Fernández, resolvió autorizar a la Policía Federal a utilizar proyectiles expansivos, un tipo de munición que produce gravísimos daños al impactar sobre una persona y que fue prohibido para uso militar en la declaración de La Haya del 29 de julio de 1899.

Estos proyectiles, cuya punta hueca permite que pierdan velocidad y se expandan en el cuerpo de la víctima (teniendo así menos probabilidades de producir un orificio de salida), provocan heridas que suelen ser mortales, ya que tal impacto tiene mayor capacidad de destruir órganos que las municiones de uso corriente. Es decir que, donde pudo haber heridos, con mucha mayor probabilidad habrá muertos cada vez que la PFA utilice esta munición.

Los fundamentos de la Resolución 1770/2008, mediante la cual se instrumenta su uso, indican que los mismos tienen la capacidad de inhibir eficazmente “el poder ofensivo de un eventual agresor” (negando la práctica de gatillo fácil, al sostener que el personal policial sólo dispara contra “agresores”) y que disminuye “la velocidad y los eventuales rebotes en superficies duras, lo que contribuye a salvaguardar la integridad física de ciudadanos que se hallaren en los recintos o en las áreas circundantes al lugar de un enfrentamiento armado”, lo cual significa explícitamente que hay cierto tipo de ciudadanos a quienes se debe respetar su integridad física y otros que son merecedores de lesiones gravísimas, suponiendo que en todos los casos la PFA no equivoque sus propios blancos.

Resulta llamativo, entonces, que se haya autorizado expresamente a utilizar estos proyectiles a las Unidades Especiales de la División Grupo Especial de Operaciones Federales (GEOF), el Grupo Especial 1 (GE1) y al personal de la PFA que presta servicios de custodia : el GEOF, al estilo de los grupos SWAT yanquis, suele actuar en los allanamientos a villas de emergencia, mientras que el GE1 lo hace en los desalojos de inmuebles ocupados. ¿De qué “enfrentamiento armado” hablamos en un desalojo ? Conociendo el accionar policial cotidiano, ¿la integridad física de qué ciudadanos estaría protegiendo el GEOF en sus operativos ? Deliberadamente, los pobres serán el blanco de estos proyectiles, o al menos los primeros en “probar” su eficacia.

A más de un siglo de la Declaración de La Haya que prohibiera su utilización en conflictos bélicos, resulta inconcebible que el gobierno nacional aliente su uso para la represión interna, y evidencia manifiestamente la política de exterminio y limpieza social del gatillo fácil.


Fuente: Correpi Sur