Carmen Bajo y Carlos Cano presentan hoy el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por entender vulnerados sus derechos  fundamentales durante la tramitación del procedimiento judicial y en especial durante el momento de dictarse la sentencia. En el mismo recurso reclaman medidas cautelares que suspendan su entrada en prisión hasta que se resuelva dicho trámite.

08/07/2014

Carmen y Carlos, acusados de un delito contra el derecho de los trabajadores por su participación en un piquete informativo durante la huelga general de marzo de 2012 en Granada, fueron condenados a tres años y un día de prisión. La sentencia fue dictada por el juzgado de lo penal nº1 de Granada y ratificada posteriormente por la Audiencia Provincial de Granada convirtiéndose así en sentencia firme. Habiendo agotado la vía judicial, Carmen y Carlos, interponen el recurso de amparo en plazo ante el Tribunal Constitucional.

08/07/2014

Carmen y Carlos, acusados de un delito contra el derecho de los trabajadores por su participación en un piquete informativo durante la huelga general de marzo de 2012 en Granada, fueron condenados a tres años y un día de prisión. La sentencia fue dictada por el juzgado de lo penal nº1 de Granada y ratificada posteriormente por la Audiencia Provincial de Granada convirtiéndose así en sentencia firme. Habiendo agotado la vía judicial, Carmen y Carlos, interponen el recurso de amparo en plazo ante el Tribunal Constitucional.

Entre los argumentos que plantean  ambos recursos, hacen especial hincapié en la lesión del derecho fundamental a la huelga de los condenados.  Consideraran errónea  la ponderación de los derechos fundamentales en juego durante el proceso (derecho a la huelga frente a derecho al derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen) y resaltan la desproporción del tipo penal utilizado (art. 315.3 del código penal) en la interpretación de los hechos por parte de los magistrados. Recuerdan además que ambos fueron condenados dando como hecho probado únicamente el testimonio de la denunciante sin tener en cuenta ni las declaraciones de otros testigos presentes ni a la misma policía. El resultado es que “una sola declaración sirve para condenar a los ciudadanos que ejercitaban el Derecho Fundamental a la Huelga a tres años y un día de prisión”.

En palabras de uno de los letrados “Todo ello con la circunstancia aberrante añadida de que si los hechos no hubiesen sido supuestamente realizados en una jornada de huelga, la sanción penal hubiese sido más que significativamente menor. Lo que es tanto como la negación práctica de la existencia real de dicho derecho fundamental.”

Dentro de las pocas vías jurídicas de las que disponen Carmen y Carlos para evitar su entrada en prisión tras sentencia firme, ambos presentaron un recurso de “incidente de nulidad de actuaciones” ante la Audiencia Provincial de Granada el 24 de junio, para tratar de invalidar parte del proceso en el que se les condenó. El recurso no fue admitido a trámite por la audiencia.

En la carrera contra el reloj de Carmen y Carlos por evitar la prisión: Carmen, a quien le fue concedido el aplazamiento de entrada en prisión hasta final del mes de julio, ultima los detalles para la presentación de su petición de indulto en próximas fechas. Carlos, de quien aun pende la orden de ingreso inmediato en prisión, presentó dicha petición de indulto la semana pasada ante el Ministerio de Justicia junto con una petición de suspensión de la ejecución de la condena hasta el fin del trámite.

Movimiento 15M Granada


Fuente: Movimiento 15M Granada