Los hechos nos parecen extremadamente graves: ya no solo se trata de incumplir la legislación laboral vigente, ahora se miente ante la Audiencia Nacional manifestando por escrito que se ha implantado un registro de jornada para todo el personal del banco, cuando nos consta que las instrucciones remitidas son que solo se realice dicho registro al personal administrativo (13.18 % de la plantilla).

El pasado 23 de abril, ante la demanda presentada por CGT en la Audiencia Nacional, la dirección del banco llegó al siguiente acuerdo con nuestro sindicato:

“ Banco Sabadell manifiesta que ha implantado un registro de jornada y de horas extraordinarias que afecta a todo el personal del banco, y que comunicará el cómputo de horas extraordinarias a las representaciones sindicales siguiendo la legislación vigente”.

A fecha de este escrito, casi seis meses después de la firma del acuerdo, podemos constatar la mala fe de la actuación de la dirección del banco:

El pasado 23 de abril, ante la demanda presentada por CGT en la Audiencia Nacional, la dirección del banco llegó al siguiente acuerdo con nuestro sindicato:

“ Banco Sabadell manifiesta que ha implantado un registro de jornada y de horas extraordinarias que afecta a todo el personal del banco, y que comunicará el cómputo de horas extraordinarias a las representaciones sindicales siguiendo la legislación vigente”.

A fecha de este escrito, casi seis meses después de la firma del acuerdo, podemos constatar la mala fe de la actuación de la dirección del banco:

– No se ha implantado el registro de la jornada ni de horas extraordinarias para el personal con categoría de Técnico (86,82 % de la plantilla total).

– Sólo se registra, y no en todos los casos, la jornada y las horas extraordinarias del personal administrativo.

– No se comunican a los sindicatos las horas extraordinarias realizadas de acuerdo a la legislación vigente. Solo remiten un resumen trimestral del número realizado y compensado por Territoriales, obviando el resumen mensual del registro diario de horas extras por trabajador/a y las causas que han motivado su realización: única manera de comprobar la veracidad de las horas extraordinarias comunicadas y sus compensaciones.

Hemos intentado solucionar la problemática descrita mediante la negociación, pero la reprobable e ilegal actuación de la dirección, no nos ha dejado otro camino que volver a demandar ante la Audiencia Nacional y exigir el cumplimiento del Acuerdo ante la misma y todas las Inspecciones de Trabajo del pais, esperando que las autoridades laborales pongan fin a esta situación y obliguen a la dirección del banco a que den las instrucciones oportunas para que podamos desarrollar nuestro trabajo de acuerdo a la legislación laboral vigente.

Intentamos, con nuestras acciones, demostrar la realidad laboral en banco Sabadell, donde se producen continuos ajustes de plantilla (1447 BAJAS EN EL BANCO DURANTE 2014 según datos facilitados por la dirección) que provocan una plantilla insuficiente para dar respuesta a la carga de trabajo soportada y nos obligan a realizar prolongamientos de jornada continuos, que no son registrados y, por tanto, compensados o retribuidos como horas extraordinarias.

CONTRA EL ABUSO GENERALIZADO, LA RESPUESTA DE CGT

PARTICIPA CON LA ALTERNATIVA SINDICAL EN BANCO SABADELL

CGT Banco Sabadell

10 SEPTIEMBRE 2015


Fuente: CGT Banco Sabadell