El 17 de febrero de 2022 el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 2 de Castelló ha dictado Sentencia condenando a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas a que reintegre a la demandante Vanesa Almela Escrig las cantidades indebidamente retraídas tras ejercer su derecho a huelga el pasado 8 de marzo de 2018. Huelga convocada por el movimiento feminista a la que CGT dio cobertura legal.

En Castelló, la huelga coincidió con las fiestas de la Magdalena y la jornada de trabajo era reducida para el personal al servicio del Consell. En lugar de 7.15 horas la jornada era de 5 horas. Al recibir el descuento económico de la huelga las trabajadoras que optaron por la modalidad de huelga de jornada completa detectaron un “descuento abusivo” al no haber descontado las 5 horas, sino una jornada sin reducción. Tras interponer recurso de reposición para que subsanaran el modo en que se había realizado el descuento económico y queja ante el Síndic de Greuges sin que la administración reconociera su error sólo dejaba abierta la vía de un recurso contencioso administrativo.

“La indefensión que genera querellarse con la administración dada la cuantía económica que deberían recibir las afectada y los gastos que supondría perder el contencioso administrativo”, como explican desde CGT, hizo que sólo una de las afectadas, con el apoyo de su sindicato CGT Castelló, se animara a seguir adelante para reclamar lo que según ella “se trataba de una represalia contra las piqueteras feministas por luchar por los derechos de las mujeres y que una consellería como la de igualdad debería abanderar”. “Se trata de una reivindicación ideológica más que económica” insisten desde la organización anarcosindicalista.

Vanesa Almela Escrig manifiesta “agradecimiento al sindicato CGT, a la Sección Sindical de Generalitat Valenciana y a la Asamblea 8M de Castelló por el apoyo brindado” además muestra “solidaridad con todas las mujeres que son multadas aplicando la ley mordaza” y añade que espera “su derogación de una vez por todas”. “No todas han tenido la suerte de que un juzgado reconozca nuestro derecho a reivindicar una sociedad libre de desigualdad” añade Almela, a la vez que indica que “la sentencia condena también a la administración a las costas del procedimiento con un máximo de 500 euros, cantidad que esta conselleria podría haber utilizado para fines sociales en lugar de represaliar a las huelguistas”.

 

 

 


Fuente: CGT Castelló