Una de las enmiendas más agresivas introducidas en la recién aprobada Reforma Laboral es la posibilidad de aplicar el despido objetivo en caso de ausencia del puesto de trabajo, justificada o no, condicionada a que la tasa de absentismo en la empresa supere el 2,5%.

Una de las enmiendas más agresivas introducidas en la recién aprobada Reforma Laboral es la posibilidad de aplicar el despido objetivo en caso de ausencia del puesto de trabajo, justificada o no, condicionada a que la tasa de absentismo en la empresa supere el 2,5%.

Una enmienda pedida a gritos por la patronal que facilita el despido, cuyo fin es ahorrarse los 2.000 millones de euros que les cuestan las bajas por Incapacidad Temporal (IT) de corta duración igual o inferior a 20 días. Y es que, cuando se produce una IT son las empresas las que se hacen cargo del pago de los salarios a partir del 3er día hasta 15º (Desde el primer día según convenio).

Cierto es que este tipo de despidos ya se incluía en el anterior redactado del Estatuto de los Trabajadores (ET), pero era condicionado a que « el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo superara el 5% en los mismos períodos de tiempo ». A partir del 9 de septiembre, fecha en la que se aprobó la Reforma Laboral, se podrá aplicar si esa tasa supera el mencionado 2,5%.

Si has faltado más del 20% de días hábiles en dos meses consecutivos aunque sea justificadamente o el 25% en cuatro meses discontinuos durante el año, te puedes encontrar en su misma situación, dado que en las empresas la tasa de absentismo se sitúa normalmente por encima del 2,5%.

Como veis, la aprobación de la ley ha aumentado brutalmente el riesgo de despido, siendo el colectivo más perjudicado el de mujeres, cuyo absentismo es más elevado por dos motivos :

1.- La nula aplicación de la conciliación de la vida familiar y laboral en las empresas.

2.- El mal cálculo que hacen las empresas del absentismo, porque pueden estar incluyendo supuestos para su cálculo que no contempla el ET, como los permisos con sueldo o las reducciones de jornada.

Eso hace que las diferencias entre hombres y mujeres sean superiores al 3% pero que, en ambos casos y con la nueva reforma son superiores al 2,5% y por tanto es posible despedir por tan sólo 20 días por año de trabajo, de los cuales la empresa solamente paga 12, ya que la reforma laboral incluye la subvención de 8 días por cada despido.

Por eso, CGT reclama que cesen las políticas de penalización y persecución por parte de la patronal y los gobiernos en cuestiones de ausencias. La solución no es criminalizar a una persona por estar de enferma, sino hacer políticas de Salud Laboral Preventiva que disminuyan los índices de absentismo.

¡29 Septiembre Huelga General !

CGT CyL-C : http://www.cgt-cyl.org/spip.php ?article1275