Después de mucho marear la perdiz, el 14 de abril -fecha histórica y tricolor- se ha firmado por UGT y CC.OO. el Acta de Acuerdos de Convenio CLH 2010-15.

Hace dos meses, el 15-02-2011 se nos informaba por el Presidente de la Comisión Negociadora, del principio de acuerdo al que había llegado UGT con la Empresa (texto no muy diferente a la propuesta de cierre de Convenio presentado por la Compañía en la reunión de la Mesa Negociadora de 27-01-2011).

Llegar
a acuerdos en solitario, supone romper la unidad de los trabajadores
en un proceso de negociación colectiva y debilitar la potencial
presión frente a la Empresa. No obstante, no queremos cargar las
tintas contra los que han ejercido su mayoría absoluta hasta las
últimas consecuencias. Tampoco contra quienes les han secundado,
desdiciéndose de todos sus escritos y de sus irrenunciables
reivindicaciones. Pero sí recordar que hemos sido leales compañeros

Llegar
a acuerdos en solitario, supone romper la unidad de los trabajadores
en un proceso de negociación colectiva y debilitar la potencial
presión frente a la Empresa. No obstante, no queremos cargar las
tintas contra los que han ejercido su mayoría absoluta hasta las
últimas consecuencias. Tampoco contra quienes les han secundado,
desdiciéndose de todos sus escritos y de sus irrenunciables
reivindicaciones. Pero sí recordar que hemos sido leales compañeros
en las movilizaciones (el 25 de mayo de 2010, protesta ante la junta
de accionistas), en la mesa de negociación y en nuestra aportación
a la propuesta colectiva.

¿Qué
capacidad (real) negociadora se nos deja a esta Sección Sindical
cuando se alcanza un principio de acuerdo entre la mayoría de la
Representación Social (UGT) y la Dirección de la Empresa? ¿Alguien
cree realmente que se puede influir, modificar o introducir algo
nuevo sobre lo ya acordado?

A
una parte importante de los trabajadores de la Compañía se les ha
dado el “guiso cocinado”; vamos, lo del dicho de las lentejas.
Solo se nos ha dejado aportar el “ME GUSTA”, como en el Facebook.
Y para eso, sinceramente, no estamos.

Por
otra parte, conviene recordar que la Representación Social (RS) en
la Mesa Negociadora está compuesta por 7 miembros de UGT, 3 de
CC.OO. y 2 de CGT, fruto de los resultados de las últimas elecciones
sindicales. Es de resaltar que es la primera vez que en la RS han
estado presentes, a partes iguales, trabajadores anteriores y
posteriores a septiembre del ´95 en la Empresa. Lo paradójico es
que la voz cantante en la negociación la han llevado sindicalistas
que tienen sus días (laborables) contados, y que no les afectará el
Convenio más que en el cobro de los atrasos.

Seguro
que habrá quién diga que somos un “sindicato que no firma”. CGT
ha sido y es garantía de acuerdos positivos, como los dos Planes de
jubilaciones parciales con contratos de relevo suscritos, o el
Protocolo para la prevención del Acoso en el trabajo recientemente
firmado. Otros sin embargo, amparándose en la “responsabilidad”,
han asumido un papel de socio firmante, aunque sea a costa de
comulgar con ruedas de molino.

Si
no hemos
participado
(porque se nos ha excluido) en la redacción y contenidos de este
preacuerdo, a nadie debería extrañar que no nos hagamos
partícipes
de la criatura; no somos responsables de ese mochuelo.

La
negociación de este Convenio se inició con el propósito -de los
tres sindicatos en sus plataformas- de eliminar, en lo máximo
posible, las dobles escalas; y ha terminado siendo el Convenio que
cierra el círculo pretendido por la Empresa: en 1995, rebajas
salariales con dobles escalas; en 2006, polivalencia y movilidad
funcional con los grupos profesionales; y el que se firma ahora con
los Cuadrantes únicos (más polivalencia y sobre todo mayor
flexibilidad organizativa).

CGT
sigue firme en su acción sindical y no vamos a suscribir este
Acuerdo
. No
vemos que se hayan alcanzado los objetivos señalados en las
Plataformas sindicales; lo contrario sería hacernos trampas en el
solitario:

La
representación de CGT aboga porque los derechos y obligaciones
recogidos en la Disposición Transitoria Sexta pasen a formar parte,
aunque sea gradualmente, del cuerpo central del Convenio. La Empresa
expone que eso no se va a producir, y que esa disposición lo que
recoge son derechos adquiridos “ad personan” de algunos
trabajadores (…)”
(Acta
nº 9/2010 de la Comisión Negociadora del Convenio de 9-12-2010)

El
esquema de Convenios anteriores vuelve a repetirse, manteniéndose la
estructura de dobles escalas del texto anterior:
Convenio
2×1
, uno
general (para la plantilla post-95) y otro marcado por la Disposición
Transitoria Sexta (para el personal pre-95). Antigüedad en trienios,
tiempo de bocadillo y cortesía, premio de asiduidad, etc. son
algunos de los derechos que siguen restringidos para una parte de los
trabajadores de la Compañía.

Por
otro lado, desde CGT hemos valorado que no podemos frustrar las
expectativas que habían depositado much@s trabajador@s en este
Convenio, sin el tratamiento adecuado y riguroso de multitud de
reivindicaciones: las condiciones de trabajo de los CPM´s y de los
Dispatching de Oleoductos e Instalaciones; las diferencias entre
Especialistas de Explotación de Instalaciones y de Oleoductos; el
horario del personal de Oficinas Centrales; etc.

Para esta feria, que no cuenten con nosotr@s. No estamos en venta.

Salud y saludos cordiales.

Madrid, 14 de abril de 2011

Sección Sindical de CGT en CLH – http://www.cgt-clh.org/


Fuente: CGT CLH