El sindicato entiende que no cumplen la normativa vigente y apuesta por una convocatoria libre para funcionarios de carrera

La sección sindical de CGT en el Ayuntamiento de Jaén registró ayer el documento ante esta administración por el que recurre la convocatoria de doce plazas de bomberos ofertadas a través del anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 29 de enero.

La sección sindical de CGT en el Ayuntamiento de Jaén registró ayer el documento ante esta administración por el que recurre la convocatoria de doce plazas de bomberos ofertadas a través del anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 29 de enero. CGT entiende que las bases no cumplen la normativa vigente y apuesta de nuevo porque se cubran todas las vacantes del parque de bomberos de la capital mediante oposición libre, garantizando un acceso para funcionarios de carrera limpio y cumpliendo escrupulosamente los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Esencialmente, CGT impugna estas pases en base al artículo 9 del Reglamento de Régimen Interno del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Jaén (SPEIS), que establece que «el personal integrante de los Departamentos de Extinción de Incendios y Salvamentos y de Prevención de Incendios tendrá la consideración de funcionario de carrera de la Escala de Servicios Especiales y su relación con el Ayuntamiento de Jaén se regirá por lo dispuesto en el presente Reglamento y demás normativa de Régimen Local aplicable, así como por lo establecido en el Acuerdo Económico y Social».

De igual manera, el artículo 40 de la Ley 2/2002 de 11 de Noviembre, de Gestión de Emergencias de Andalucía, que determina la forma de acceso para los funcionarios integrantes de los Cuerpos de Bomberos como personal funcionario de carrera. «Las convocatorias de ingreso regularán las condiciones específicas para el mismo, con pleno respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad». En su Disposición Adicional Quinta, la misma Ley señala que «los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento que con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley tengan bomberos con nombramiento interino podrán hacer uso, por una sola vez, del procedimiento de concurso-oposición por turno libre para su personal» y que «esta atribución solamente podrá ejercitarse dentro del periodo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Ley».

Adjuntamos recurso íntegro y registro del mismo.

Jaén, 17 de febrero de 2015.

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CGT-Ayuntamiento de Jaén


Fuente: CGT-Ayuntamiento de Jaén