CGT-SUSPENDIDO JUICIO SAS-ABRERA

Urgente a las 14 horas nos han comunicado la SUSPENSION DEL JUICIO DE SAS-ABRERA

CGT-CATALUNYA SECRETARI DE RELACIO AMB ELS MITJANS DE COMUNICACIO

CGT-SUSPENDIDO JUICIO SAS-ABRERA

Urgente a las 14 horas nos han comunicado la SUSPENSION DEL JUICIO DE SAS-ABRERA

CGT-CATALUNYA SECRETARI DE RELACIO AMB ELS MITJANS DE COMUNICACIO

URGENTE A LAS 14 HORAS NOS HAN COMUNICADO LA SUSPENSION DEL JUICIO DE
SAS-ABRERA

CGT-CATALUNYA SECRETARI DE RELACIO AMB ELS MITJANS DE COMUNICACIO

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El 24 de Junio del 2005 fueron despedidos 7 miembros del Comité de Huelga (3 de CGT, 4 de CCOO) de SAS-ABRERA, empresa que fabrica salpicaderos para SEAT, tras un masivo seguimiento por parte de la plantilla de los paros que se convocaron los días 19 y 20 de Mayo y el 2 de Junio, para exigir el cumplimiento de los acuerdos firmados el pasado 29 de Noviembre de 2004 sobre el traslado de trabajadores de SAS-ABRERA a las instalaciones de SAS-Martorell, puesto que la dirección está incumpliendo dicho acuerdo al evaluar a 50 trabajadores como “no válidos” para el traslado.

En la carta de despido, SAS acusaba a los compañeros de convocar huelga ilegal y de ser los responsables de una sanción de 2 millones de € impuesta por SEAT a SAS debido a la falta de salpicaderos y verse obligados a paralizar la cadena de montaje de SEAT por las huelgas.

Desde CGT siempre hemos defendido que las huelgas eran legales y que se habían seguido para su convocatoria todos los requisitos , asÍ se hace constar en la sentencia del juzgado de lo Social Nº 24 de Barcelona donde literalmente se dice “..procede la desestimación de la demanda al considerarse que la huelga convocada y celebrada los días 19 y 20 de mayo de 2005 no incurrió en causa alguna de ilegalidad”. Y en el fallo de la sentencia dice : “…. desestimando demanda interpuesta por la empresa SAS Cockpit Automotive Systems S.L. frente al Comité de Empresa y al Comité de Huelga de la misma, debo absolver y absuelvo a los demandados de la pretensión planteado frente a ellos.”

Tras ser pública la sentencia, se le solicito a la empresa que readmitiera a los despedidos ya que el argumento que había utilizado la empresa para despedirlos, una sentencia de l juzgado la tiraba por tierra. La empresa contestó negativamente a dicha solicitud, persistiendo en una actitud totalmente ilógica ya que en ella lo único que deja claro es su reiterada mala fe.

Desde CGT siempre hemos mantenido que quien había vulnerado derechos ha sido la empresa y así consta en el acta que Inspección de Trabajo levantó en uno de los días de huelga, en la misma se dice : EXTRACTO LITERAL DEL ACTA DE INSPECCIÓN DE TRABAJO DEL 16 DE JUNIO EN ALGUNOS DE SUS PÁRRAFOS :

∑ “La empresa ha procedido a realizar una serie de actividades que constituyen vulneración del derecho de huelga”.
∑ “……la empresa procedió el día dos de Junio del 2005 a sustituir en su puesto de trabajo a los trabajadores en huelga mediante la movilidad funcional del personal directivo, mandos intermedios y otros departamentos no operativos, así como mediante la prolongación de la jornada de trabajo de estos trabajadores por la realización de horas extras extremo que queda constatado por la presencia de trabajadores fuera de su turno de trabajo…..”.
∑ “Asimismo se ha comprobado que la dirección de la empresa decidió impedir el acceso a las instalaciones de los miembros del comité de huelga, para lo que contrató expresamente un servicio privado de seguridad”.
∑ “No obstante el requerimiento realizado al representante de la empresa para que permitiese el acceso a los miembros del Comité de Huelga , así como el cese de la movilidad funcional cuyo único motivo fuese el de sustituir a los trabajadores en huelga, el representante manifestó su oposición y cumplimiento”.
∑ “Se consideran elementos agravantes de la infracción el número de trabajadores afectados, empresa de 350 empleados, así como la negativa de la empresa a cumplir las advertencias de la Inspección de Trabajo y continuar su comportamiento infractor.

SEGUIMOS EXIGIENDO LA INMEDIATA READMISIÓN DE LOS DESPEDIDOS Y QUE FINALICE LA ACTITUD ANTISINDICAL DE LA EMPRESA SAS-ABRERA.

(SI ALGUIEN QUIERE COPIA DEL ACTA DE INSPECCIÓN DE TRABAJO O DE LA SENTENCIA QUE DECLARA LEGAL LA HUELGA QUE LA SOLICITE EN EL TELEFONO : 649 83 94 90 SE LA PODEMOS MANDAR POR CORREO ELECTRÓNICO.)


Fuente: CGT CATALUNYA / EMILIANO JIMÉNEZ / ANTONIO ARANDA / Carlos Navarro