Gas Natural Distribución, a través de la Dirección de Relaciones Laborales Negocio Regulado, por medio de Buro Fax remitido al domicilio de un compañero que se encuentra actualmente de baja médica por depresión como consecuencia de su situación laboral-profesional, ha procedido al DESPIDO del trabajador con efectos del 3 de febrero de 2009.

Gas Natural Distribución, a través de la Dirección de Relaciones Laborales Negocio Regulado, por medio de Buro Fax remitido al domicilio de un compañero que se encuentra actualmente de baja médica por depresión como consecuencia de su situación laboral-profesional, ha procedido al DESPIDO del trabajador con efectos del 3 de febrero de 2009.

Causa del despido que alega la Empresa textualmente : …”Por medio de la presente ponemos en su conocimiento la decisión de gas Natural Distribución SDG, S.A. de proceder a la extinción de su contrato de trabajo por despido con motivo de su falta de adaptación a las exigencias de su puesto de trabajo y unidad de adscripción”.

Y en el párrafo siguiente, la misma Empresa reconoce que el despido es injusto y que el motivo alegado por ella es falso, es decir que dicho motivo no es cierto y reconoce que dicho despido es IMPROCEDENTE.

La INJUSTICIA es de “juzgado de Guardia” pues la Empresa, llamó al trabajador el miércoles 28 de enero para decirle lo siguiente : “que le ofrecían “amistosamente” la baja incentivada del POOP a razón de 55 días año, ya que su situación laboral era de no adaptabilidad para la Empresa y no le van a recolocar en ningún sitio”. El trabajador estuvo acompañado por un Representante Sindical. Este ofrecimiento se hace en base al POOP de 8 de octubre de 2008 firmado por el grupo Gas Natural y los sindicatos CC.OO y UGT, el cual establece en su Acuerdo Tercero la voluntariedad y dice textualmente… Voluntariedad : en base al mismo, la Dirección implantará con carácter individual y de aceptación voluntaria por parte del trabajador, acciones de prejubilación, baja incentivada o recolocación…”

La Injusticia deviene en una vulneración del Acuerdo notoria y flagrante, pues ofertada la baja incentivada y rechazada por el trabajador, o bien se le recoloca o bien continúa en su puesto actual, pero nunca se le despide. El acto de despido hecho por Gas Natural, es sencillamente un supuesto de FRAUDE SOCIAL y un incumplimiento gravísimo del Acuerdo. Nos encontramos en consecuencia ante la UNILATERALIDAD Y AUTORITARISMO de un Acto Empresarial, que ellos mismos en el motivo que aducen en la carta buro fax de despido (sin justificar ni demostrar absolutamente nada) reconocen que no es cierto, es decir que es inventado y por lo tanto es Improcedente.

La Comisión de Seguimiento del POOP integrada por CCOO y UGT y el grupo Gas Natural, tendrán que hacer valer sus competencias fijadas en el Acuerdo Cuarto cuando dice…”verificar el cumplimiento del principio de voluntariedad indicado en el acuerdo tercero del presente documento” …” efectuar el seguimiento de la aplicación de las condiciones reguladas en el presente acuerdo”

¿Cómo se puede actuar tan impunemente como lo hacen los Empresarios y encima, como en el caso de Gas Natural ante este despido de un compañero, reconociendo que no es cierto el motivo que aducen y en consecuencia reconocen el mal proceder ?

Como dice el Catedrático Antonio Baylos en un artículo titulado “Crisis y Despidos : entre el fraude y la desvergüenza”, nos encontramos ante …”la descausalización del despido y su plena libertad de ejercicio para los empresarios, dotados, como un agente 007 en el mercado laboral, de licencia para despedir…”.

DESPEDIDO READMISION INMEDIATA

Sección Sindical Estatal de CGT del Grupo Gas Natural

cgt-grupogasnatural@hotmail.com


Fuente: Sección Sindical Estatal de CGT del Grupo Gas Natural