La Asociación de Víctimas del Metro acudirá al Tribunal Constitucional para reclamar la tutela judicial en el caso del accidente, al entender que el conductor, una de las 43 víctimas mortales, "sigue sin defenderse" como "único culpable", según los autos de la tragedia. Esta respuesta se produce un día después de conocerse que el Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia ha desestimado el recurso contra el archivo de la causa abierta por elsiniestro ocurrido en Valencia el 3 de julio de 2006, en el que murieron 43 personas. En un nuevo auto, el tercero que dicta en este mismo sentido, la titular del juzgado reitera los argumentos de sus anteriores resoluciones, en las que consideró que la responsabilidad penal había quedado extinguida al fallecer el conductor del convoy accidentado.

La Asociación de Víctimas del Metro acudirá al Tribunal Constitucional para reclamar la tutela judicial en el caso del accidente, al entender que el conductor, una de las 43 víctimas mortales, «sigue sin defenderse» como «único culpable», según los autos de la tragedia. Esta respuesta se produce un día después de conocerse que el Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia ha desestimado el recurso contra el archivo de la causa abierta por elsiniestro ocurrido en Valencia el 3 de julio de 2006, en el que murieron 43 personas. En un nuevo auto, el tercero que dicta en este mismo sentido, la titular del juzgado reitera los argumentos de sus anteriores resoluciones, en las que consideró que la responsabilidad penal había quedado extinguida al fallecer el conductor del convoy accidentado.

Según concluye nuevamente, tras examinar pruebas referentes a la formación del maquinista y las medidas de seguridad de la vía, «no existe actuación constitutiva de delito de homicidio y lesiones por imprudencia, ni tampoco de delito contra el derecho de los trabajadores».

Asimismo, como también señaló en anteriores resoluciones, recuerda que la inexistencia de responsabilidades penales «no impide la existencia de responsabilidades de cualquier otro tipo».
En relación a la prueba sobre el horario laboral del maquinista en el día de los hechos, el auto afirma que el informe de la Inspección de Trabajo es «claro y contundente» al indicar que «se acomodaba al régimen aprobado».

Respecto a las medidas de seguridad, el auto reitera que las balizas colocadas en la vía cumplieron con la finalidad para la cual fueron colocadas, y descarta indicios de que no funcionaran correctamente. Por otra parte, considera que «carece de interés para la causa» tomar declaración a quienes autorizaron y programaron las balizas, pero indica que es «lógico» el refuerzo de la seguridad a raíz del accidente, «pues con éste queda constatada la insuficiencia de las medidas de seguridad que hasta entonces estaban funcionando correctamente».


Fuente: Levante-EMV, Valencia