Un juez obliga a Metro de Barcelona a cambiar el horario de una trabajadora
El derecho de una trabajadora a ajustar su horario laboral para cuidar a su hijo es más importante que las dificultades que pueda tener la empresa para acoplar ese turno. Así lo dice una sentencia, hecha pública este miércoles, del Juzgado Social número ocho de Barcelona, que obliga a Metro de Barcelona a conceder a una de sus trabajadoras la jornada reducida que había solicitado para el cuidado de su hijo.
Un juez obliga a Metro de Barcelona a cambiar el horario de una trabajadora

El derecho de una trabajadora a ajustar su horario laboral para cuidar a su hijo es más importante que las dificultades que pueda tener la empresa para acoplar ese turno. Así lo dice una sentencia, hecha pública este miércoles, del Juzgado Social número ocho de Barcelona, que obliga a Metro de Barcelona a conceder a una de sus trabajadoras la jornada reducida que había solicitado para el cuidado de su hijo.

Desde que la demandante comenzó a trabajar en el metro en 1999, como agente de atención al cliente, su jornada siempre había sido de 12 de la mañana a siete de la tarde. Cuando nació su hijo, pidió la jornada reducida y su hora de salida se adelantó a las cuatro de la tarde. El problema es que la reducción supuso cobrar un 50% menos de su salario.

Reducción de horario

Por este motivo, el pasado marzo solicitó a la empresa que le permitiera un horario entre las diez de la mañana y las cuatro de la tarde. De esta manera podía recoger a su hijo a la salida del colegio y su sueldo no se veía tan reducido, explica el letrado que ha llevado el caso, Rafael Calderón.

Pero la empresa denegó la petición. Su objeción era que suponía trabajar a caballo entre dos turnos, y eso, según Metro de Barcelona, no era posible. La sentencia, contra la que no cabe recurso, reconoce precisamente el derecho de la trabajadora a fijar la jornada sin que tenga que ajustarse a los turnos previamente fijados por la empresa.

«Un interpretación restrictiva podría dejar vacío el contenido de la reducción horaria [que contempla la Ley de Igualdad], si se impone, entre otros, un régimen a turnos que implica una disponibilidad que dificulta extraordinariamente la organización de la vida personal y familiar», dice el fallo.


Fuente: PATRICIA RAFAEL | publico.es