La sanción, que no condena, de estos crímenes silenciados están valorados por la Inspección en una multa de entre 15.000 y 30.000 euros a las empresas responsables de la muerte del trabajador, siendo ésta la sanción máxima, ya que está calificado el accidente como grave y lo aprecia en grado máximo.

La sanción, que no condena, de estos crímenes silenciados están valorados por la Inspección en una multa de entre 15.000 y 30.000 euros a las empresas responsables de la muerte del trabajador, siendo ésta la sanción máxima, ya que está calificado el accidente como grave y lo aprecia en grado máximo.

Queda probada la ausencia total de medidas preventivas tanto de carácter colectivo como individual lo que dio lugar a que cayera el trabajador, falleciendo en el acto.