Artículo publicado en Rojo y Negro nº 382 de octubre

El Comité Confederal administra y gestiona el vocero de la organización

En el último número del Rojo y Negro, el 381 de septiembre, se ha publicado un escrito firmado por el compañero Carlos Román, del SOV de Ourense, en el que se realizan acusaciones de censura contra el Comité Confederal y se hacen otra serie de afirmaciones sobre esta organización que no solo están desacertadas sino que son falsas en algunos extremos.

Los hechos

1) En el número 374 del RyN, de enero de 2023, se publicó el artículo Los límites del anarcosindicalismo, firmado por Sergio Sánchez Vázquez, en el que se defendía la afiliación de los guardias de seguridad a los sindicatos anarcosindicalistas, entre ellos a la CGT.
2) Un sindicato de la CGT de Galicia propone la discusión de la cuestión de esta publicación y, tras ser incluido el tema en el Orden del Día correspondiente, se realiza una Plenaria de la CGT de Galicia en la que se aprueba proponer que se incluyese en el Orden del Día de la primera Plenaria Confederal que se celebrase.
3) El 30 de mayo, tras las preceptivas plenarias en cada territorial y sectorial, se realiza la Plenaria del Comité Confederal y se aprueba que en el RyN deben publicarse los acuerdos de la CGT sobre la afiliación del personal mencionado. El punto estaba, como no podía ser de otra forma, incluido en el Orden del Día.
4) Finalmente, en el número 380, de julio-agosto, se publican los acuerdos del Congreso de Valladolid y se publica también la discrepancia que manifiesta la dirección del periódico.

¿Por qué se instó al RyN la publicación de los acuerdos del Congreso de Valladolid?

El periódico RyN es el órgano de expresión de la CGT y su portavoz oficial. Su contenido debe ser conforme a los acuerdos de la CGT y no puede provocar confusión alguna sobre los mismos. En el caso que nos ocupa, la publicación de las dos páginas defendiendo la afiliación de los vigilantes de seguridad, sin ningún contrapunto que indicase que se trataba de un debate ni ningún otro contenido que contextualizase el artículo en cuestión, podía llevar a la conclusión, para los lectores menos avisados, de que la CGT es partidaria de la afiliación en su seno de dicho personal, cuestión que, a tenor de los acuerdos confederales, es absolutamente falsa. Por ello, los acuerdos de Valladolid deberían haber sido publicados ya junto con el artículo en cuestión o, incluso mejor, no haber publicado un artículo con este contenido contrario a los acuerdos congresuales.
Está claro el acierto del Comité Confederal, por más que el director de RyN siga empeñado en mantener la polémica, enfrentándose a dicho comité publicando ahora un nuevo artículo lleno de incoherencias y disparates, cuando ya no falsedades.
Las funciones del Comité Confederal
El Comité Confederal tiene, entre otras funciones, la de coordinar y desarrollar los acuerdos de la organización. Está en sus funciones la defensa de los acuerdos de la CGT y su cumplimiento, así como administrar los medios que la CGT tiene para llevar a cabo sus fines y, justamente, entre estos medios están el periódico, el periódico digital, la tele y todo aquello que la organización ha acordado crear para llevar a cabo sus finalidades. Entre sus funciones está, pues, vigilar que los medios de todos no sean utilizados indebidamente y se ajusten a lo acordado. En caso de que eso no sea así, el Confederal tiene la obligación de corregirlo. Y exactamente eso fue lo que pasó con el artículo en cuestión. No fue un acto de censura, a pesar de lo que opine el compañero Carlos, sino un acto de responsabilidad orgánica.

El Rojo y Negro no es autónomo

Una de las afirmaciones del compañero Carlos es que el RyN es un “ente autónomo”, una suerte de RTVE de andar por casa, vamos. Pues no, no es que no sea un ente autónomo, es que ni siquiera es un ente. El RyN es una publicación que depende del Comité Confederal, a quien debe el director rendir cuentas de su actuación y funcionamiento. El que aquel haya sido elegido eventualmente en un Congreso no lo convierte en nadie especial que solo pueda dar cuentas a un Congreso, sino que está sometido a lo que la organización, a través del Comité Confederal, disponga. En la CGT, los únicos entes con autonomía neta son los sindicatos, siendo el resto de la organización estructura para mejor y más eficaz funcionamiento, pero nada más.

No es una ocurrencia

Dice el compañero Carlos que a alguien se le ocurrió leerlo al cabo de unos meses y terminó por convocar una Plenaria Confederal. He expuesto antes cómo se sucedieron los hechos, pero ahora haré hincapié en algunas cuestiones que el compañero, que tanta formación confederal aparenta, no ha tenido en cuenta.
En primer lugar, la CGT de Galicia, a la que su sindicato está federado, hizo dos plenarias para tratar este tema; una, para aprobar su elevación como propuesta al Comité Confederal, y otra cuando apareció en el Orden del Día de la Plenaria Confederal y se adoptó una postura definitiva al respecto. Estas plenarias fueron convocadas formalmente, con llamamiento también al sindicato en el que el compañero Carlos está afiliado. No fue pues, una ocurrencia de que un día se levantó alguien, leyó el artículo y se le ocurrió censurar el RyN. Al contrario, fue una decisión debatida profundamente en la organización. Acusar al Confederal de poco menos que de dictadores, cuando se convocaron las reuniones pertinentes —en las que el compañero pudo haber participado en la medida que hubo convocatorias formales— es un exceso, por no utilizar palabras más gruesas.

Dimisiones

Remata el compañero pidiendo la dimisión de todos aquellos que participaron en la decisión. Ni que decir tiene que los representantes del Comité Confederal responden, cada uno de ellos, ante el ente que lo ha elegido —territorial o sectorial— y no ante toda la organización. El compañero Carlos podría iniciar su cruzada anticensura pidiendo la dimisión del secretario territorial de su confederación, aunque dado que este se limitó a defender los acuerdos de la territorial, el recorrido de la petición puede ser corto. Esto es válido para todos los secretarios territoriales y sectoriales: se limitan a representar y defender los acuerdos del ente que los ha nombrado y nada más; sería más coherente pedir la disolución de los entes que han adoptado el acuerdo, para así frenar el ansia censora que, a juicio del compañero, se está adueñando de la Confederación.

La publicación

No quiero rematar este artículo sin mencionar la decisión del director del RyN de publicar en el vocero de la organización semejante ataque contra el Comité Confederal. No parece razonable aprovechar el haber recibido un artículo de opinión para seguir hurgando en la cuestión de la afiliación de los guardias de seguridad. Más bien parece una pequeña revancha por haber sido corregido por el Confederal sobre el tema y poder así aliviar el prurito que se pueda haber producido en el maltrecho ego del responsable de la publicación. Personalmente, haber publicado la carta del compañero Carlos —también, para más inri en el Rojo y Negro digital— me da a entender que el compañero director no es consciente de su papel como tal. Y, como decía algún clásico, perseverar en el error es más de necios que de constantes.

José Pedro del Río Lombao
S.O.V. de A Coruña

 


Fuente: Rojo y Negro