Interesante artículo que muestra como se "revoca" una Ley franquista cuando interesa.

  •  El tribunal sostiene que es un decreto "de guerra" no válido en democracia
    El Periódico : J. G. ALBALAT / BARCELONA. El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha revocado una sentencia de un juzgado social de Barcelona en la que resolvía un conflicto invocando un decreto de 1938, en plena guerra civil y promulgado por el bando franquista. "Se trata de un decreto de guerra y no puede ser aplicado en una situación de paz y democracia", sostienen los jueces.
    Interesante artículo que muestra como se «revoca» una Ley franquista cuando interesa.

  •  El tribunal sostiene que es un decreto «de guerra» no válido en democracia

    El Periódico : J. G. ALBALAT / BARCELONA. El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha revocado una sentencia de un juzgado social de Barcelona en la que resolvía un conflicto invocando un decreto de 1938, en plena guerra civil y promulgado por el bando franquista. «Se trata de un decreto de guerra y no puede ser aplicado en una situación de paz y democracia», sostienen los jueces.

    La resolución judicial parte de un conflicto entre los trabajadores y la constructora Comsa sobre la instalación de un comedor en su edificio de Barcelona. La empresa habilitó en el 2007 un sala para que pudiera ser utilizada como comedor, pero los empleados exigían que se cumpliera con la obligación de crear «un servicio de comedor» con menús «a precios módicos» o su sustitución por tíquet-restaurante. Un juez dio la razón a los trabajadores. En su resolución aplicó el decreto del 8 de junio de1938 sobre el establecimiento de comedores de empresas, así como la orden que lo desarrolló.

    RECUSO DE LA EMPRESA

    La empresa recurrió esta primera sentencia y ahora el TSJC le ha dado la razón. La resolución del alto tribunal catalán relata que las normas recogidas por el juez «responden a una decisión tomada en un contexto de guerra ; España está en plena guerra civil cuando se dicta el decreto y, sin entrar en la legitimidad de la autoridad que la dicta (piénsese en la ley de memoria histórica aprobada por las Cortes Generales) es evidente que las circunstancias han cambiado».

    Los magistrados inciden en que la norma se dicta «con ausencia absoluta de libertades democráticas», que fue promulgada «por quien se alzó contra la legalidad vigente» y que contiene elementos contrarios a la Constitución, como la falta de reconocimiento de la libertad sindical. Agrega que el texto rezuma «una actitud paternalista por parte de quien impone la norma» y explicita una discriminación de la mujer trabajadora. «Las circunstancias han cambiado de tal forma que de aplicar las citadas normas de guerra en la actual situación de un Estado Social y Democrático de Derecho estaríamos vulnerando nuestras más elementales obligaciones», concluye.


    Fuente: elperiodico