El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) reiteró hoy que las guardias laborales deben contarse como tiempo de trabajo para el límite de 48 horas semanales permitido por la legislación comunitaria, en la misma línea que otras dos sentencias de los años 2000 y 2003, según informó a través de un comunicado.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) reiteró hoy que las guardias laborales deben contarse como tiempo de trabajo para el límite de 48 horas semanales permitido por la legislación comunitaria, en la misma línea que otras dos sentencias de los años 2000 y 2003, según informó a través de un comunicado.

«El Tribunal estima que cuando se determina la duración máxima cotidiana y semanal de trabajo, los periodos de guardia se han de tener en cuenta de manera integral», se asegura en la sentencia a un caso planteado por los socorristas de la Cruz Roja alemana.

El límite máximo de 48 horas semanales, incluidas las horas extra, es una regla del derecho social comunitario que reviste una «importancia particular» y de ella deben beneficiarse todos los trabajadores «en tanto que prescripción mínima destinada a asegurar la protección de su seguridad y su salud», estima el TUE.

Sólo puede superarse esta duración máxima cuando cada trabajador de manera individual lo acepte «explícita y libremente» y no basta que el contrato de trabajo se refiera a un convenio colectivo que permita una derogación, recuerda la sentencia.

El TUE constata que la directiva sobre tiempo de trabajo se aplica a las actividades de los socorristas que acompañan a las ambulancias, ya que no se les puede aplicar ninguna de las excepciones previstas : no son servicios indispensables para la protección de la seguridad, de la salud y del orden público en circunstancias de gravedad excepcional, como una catástrofe.

Finalmente, el fallo recuerda que la directiva sobre tiempo de trabajo reúne las condiciones necesarias para producir «un efecto directo» en el caso del límite de 48 semanales, y por ello los particulares pueden invocarla ante las jurisdicciones nacionales contra los Estados miembros que no la hayan introducido en su legislación o lo hayan hecho de forma incorrecta.

Como única valoración a la sentencia del TUE, la Comisión Europea señaló que ya ha presentado una propuesta para reformar la directiva del tiempo de trabajo de manera que las guardias laborales inactivas no se computen como tiempo de trabajo, y por ello anunció que no abrirá expedientes contra los Estados que no cumplan la legislación comunitaria actual.


Par : EP