La huelga no es por los sindicatos. La huelga no es porque nos guste más o menos un partido u otro. La huelga es por las personas. De personas te vamos a hablar…

La huelga no es por los sindicatos. La huelga no es porque nos guste más o
menos un partido u otro. La huelga es por las personas. De personas te
vamos a hablar…

ANA, 65 años, cumplidos el 3 de junio de 2010. Tenía 5015 días cotizados, pues bastantes años hizo trabajo doméstico»en negro» y otros muchos estuvo dedicada al cuidado de su familia. Como antes la ley sólo exigía 5008 días cotizados para jubilarse con derecho a pensión contributiva durante el primer semestre de 2010, hasta muy avanzado mayo contaba con ella y había organizado su vida partiendo de eso. El 24 de mayo de 2010 el BOE publica el Real Decreto Ley que establece que a partir del 25 de mayo para tener pensión contributiva hacen falta 5475 días. Ana se ha quedado sin pensión.

MANUEL, 54 años. Lleva 25 años en una empresa y sin faltar nunca al
trabajo. Sin embargo, le espera un mal futuro. En octubre de 2010 tendrá
una incapacidad temporal, totalmente justificada de cinco días. En
noviembre, de forma también totalmente justificada, le dan otra baja, que
dura otros cinco días. Así que por dos meses consecutivos ha faltado más
del 20% de las jornadas hábiles. En su centro de trabajo, en el que
trabajan diez personas, Teresa faltará por incapacidad temporal
justificada un día en octubre, y lo mismo le pasará a Carlos en noviembre.
En la empresa no hay ningún problema real de absentismo, pero el
empresario se dice : «Si Manuel ha faltado cinco jornadas dos meses
seguidos y si cada mes se han perdido seis jornadas, lo que es un poco más
del 2,5% de absentismo total, la reforma laboral me permite despedirlo. No
tengo ningún problema con él, pero cuando hay huelga la hace y además
cobra muchos trienios, cuando hay miles esperando que les contrate con
menos sueldo, sin antigüedad y sin chistar». Manuel es despedido, con una
indemnización de 500 días de salario (20 por año), de los que el
empresario sólo paga 300 días, ya que los otros 200 días se pagan con
fondos públicos desde la reforma laboral.

SARA, 82 años. El 28 de mayo de 2010 solicitó la prestación por
dependencia. Vive sola y necesita medios para poder pagar alguna ayuda,
visto además la reducción drática del servicio de atención domiciliaria en
el municipio donde vive. Aún no la han contestado. A consecuencia del RDL
8/2010, publicado el 24 de mayo en el BOE, la Administración puede
retrasar hasta finales de diciembre la concesión de la prestación sin
pagarle esos seis meses de atrasos. A Sara no la pagarán prestación de
dependencia por los seis meses siguientes a su solicitud. A su amiga Lola,
83 años, ya se la concedieron hace algún tiempo, antes del real decreto,
pero la deben nueve meses por atrasos. A consecuencia del mismo real
decreto, a Lola van a tardar cinco años en pagarla esos atrasos, hasta los
88 años -«si llegó», como dice ella- no la habrán pagado todos los
atrasos.

RICARDO, 33 AÑOS. Tiene un contrato temporal en un ayuntamiento, su salario bruto son 990 euros. El RDL 8/2010 le bajó el sueldo. Un conocido, Luis Carlos, que gana 4000 euros al mes en una empresa privada de su familia, y al que no le han subido impuestos ni nadie le ha pedido ningún sacrificio, le dice que es normal porque trabajar en la administración
pública es un privilegio.

TERESA, 56 años. Trabaja desde los 14 años, lleva 40 cotizados, 33 en la misma empresa. Es una buena trabajadora, aunque no sumisa. Poco a poco, ha ido mejorando su categoría y su sueldo, aunque no tan rápido como los compañeros varones a los que ella enseñaba el trabajo cuando entraban. La empresa le acaba de avisar de que dentro de 15 días (antes de la reforma el preaviso tenía que ser de de 30 días) queda despedida por «razones objetivas», ya que dicen que «prevén pérdidas» y que despedirla quizá mejore la situación de la empresa. Antes eso no era motivo para
despedirla, así que por despido improcedente la tendrían que haber pagado
1260 días de salario (42 meses, el máximo previsto), pero ahora la echan
con 660 días, de los que la empresa sólo paga 396 días. Se pregunta, con
bastante angustia, qué pensión tendrá, tras 40 años cotizados, si no
encuentra trabajo y encima la hacen esperar a los 67 años para tener el
100% de su base reguladora.

LUNA, 28 años. Ha montado una pequeña empresa, en la que paga salarios dignos para lo que hay. No piensa despedir a nadie, porque, como dice ella, «nadie contrata a nadie si no le hace falta, aunque sea barato
despedir, y con quienes están aquí estoy muy contenta y hacen un trabajo
de calidad». Todos los meses paga la cuota del 0,2% a FOGASA, lo que es un seguro colectivo para garantizar salarios en las insolvencias patronales.
Se acaba de enterar de que uno de la competencia, bastante mafioso y que
paga mucho peor, está despidiendo a gente para contratar otra más barato
aún, lo que es fácil porque hay mucho paro en el sector. Lo que la indigna
es que con lo que su empresa paga a FOGASA, en vez de guardarlo para lo
que está, se está pagando parte de las indemnizaciones por despido que
tendría que pagar su competidor.

JUAN CARLOS, 40 años. Por una enfermedad que no viene a cuento, pero real, llevaba 25 días de baja dada por la doctora que le atiende en el Servicio Público de Salud. Pero le han llamado a inspección en la Seguridad Social y un médico que no le conoce de nada le da de alta ; se lo cuenta a su
médica habitual, pero ésta le dice que tras la reforma laboral ella ya no
puede hacer nada, que manda la Seguridad Social no el Sistema de Salud. Y
que hasta que pasen 180 días no le podrá dar otra baja, así que si la
necesita tiene que ir a la Seguridad Social a ver qué dicen.

MARINA, 37 años, y SIMÓN, 44 años. Les llama el empresario, junto al resto de la plantilla de la pequeña empresa en la que trabajan, y les
dice : «Ya sabéis que antes el convenio decía las condiciones que tenía que
haber para que pudiese pagar menos de lo que dice el convenio, pero ahora
si pactáis conmigo que os baje el salario un 10% puedo hacerlo. Os
aconsejo que hagáis el acuerdo. Si no queréis estáis es vuestro derecho,
claro, puedo llevarlo a mediación y arbitraje, pero os recuerdo que si
preveo pérdidas futuras puedo echaros costándome sólo 12 días por año,
poco más de lo que pago cuando acaba un contrato temporal». Sin palabras.

ES POR LA GENTE, ES POR TI, POR MÍ, POR ELLA Y POR ÉL.

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