La Audiencia de Barcelona ha exculpado a un hombre de un delito de violencia doméstica bajo el argumento de que "presenta una agresividad crónica con todos los que lo rodean", lo que, para el tribunal le exime de cualquier responsabilidad penal por empujar, humillar, insultar y golpear con el bastón a su esposa, afectada de Alzheimer.

La Audiencia de Barcelona ha exculpado a un hombre de un delito de violencia doméstica bajo el argumento de que «presenta una agresividad crónica con todos los que lo rodean», lo que, para el tribunal le exime de cualquier responsabilidad penal por empujar, humillar, insultar y golpear con el bastón a su esposa, afectada de Alzheimer.

Según un auto de la Sección Tercera de la Audiencia, al que ha tenido acceso Europa Press, el hombre «presenta una agresividad crónica, respecto a todos los que lo rodean» y añade que está «enfermo», aunque su médico de cabecera declaró en el juzgado que «goza de plenas facultades mentales», lo que «impide su incapacitación».

Los hijos de la mujer, de avanzada edad y afectada de Alzheimer, denunciaron al hombre tras comprobar que humillaba y pegaba a su madre, y después de intentar obtener la separación de la mujer. No obstante, debido a su dolencia, aunque «se instara la incapacitación» de la mujer, «los hijos no pueden ejercer tal acción en su nombre».

Por ello, presentaron denuncia para que el juez, bajo la obligación «moral, ética y social» que debe tener de «proteger a la persona que está sufriendo ataques contra sus derechos más elementales cuales son la integridad física y la paz psicológica», dictara una orden de alejamiento para el maltratador.

DENUNCIA El Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona se hizo cargo de las diligencias tras admitir a trámite la denuncia, pero la archivó sin haber tomado declaración a los testigos que corroboran que el marido la maltrata. Sin embargo, volvió a reabrir el caso después de que se aportaran documentos que probaban las vejaciones y malos tratos a los que era sometida la mujer.

Tras la reapertura del caso, la letrada solicitó que se tomara declaración a la mujer que cuida a la víctima y que «ha presenciado las últimas tres agresiones», además de a su hija y a la esposa del hijo de la anciana, que también «han presenciado agresiones».

Sin embargo, el juez lo volvió a archivar sin volver a tomar declaración a estos testigos, por lo que la abogada de los hijos de la víctima recurrieron ante la Audiencia de Barcelona para que, como mínimo, instara a que el juez tomara declaración a las personas que han presenciado las agresiones, dado que la víctima «difícilmente» puede relatarlas debido a su dolencia.

RECURSO En el recurso presentado por la abogada de los hijos de la mujer, se explicaba que se han visto «obligados a acudir al procedimiento penal ante la situación de agresiones y humillaciones que vive su madre» y el hecho de que sufra una enfermedad degenerativa «no debe provocar que el instructor deniegue investigar», a pesar de que ello «dificulte la prueba de los hechos».

Además, el recurso reiteraba el reproche al juzgado por no haber tomado declaración a la parte afectada y que sólo hubiera citado al denunciado y a sus familiares.

El tribunal ha decidido denegar los testigos presentados por la abogada de la mujer porque no «resultan pertinentes» ni «necesarios» para «acreditar el hecho investigado», a pesar de que dichos testimonios aseguran haber visto cómo el denunciado agredía a su esposa.

Según el auto de la Audiencia, esta decisión de no admitir pruebas testificales, no significa que «se esté denegando una tutela judicial efectiva, ni se esté vulnerando el derecho de los medios pertinentes de prueba para acreditar pretensiones de las partes».

«GRAVISIMO PROBLEMA» Además, el tribunal provincial recomienda que ante «el gravísimo problema» que tienen los hijos de la mujer, acudan a otra vía judicial. No obstante, la Audiencia no tiene en cuenta que no pueden hacerlo porque la mujer está incapacitada y sus hijos no pueden ejercer las acciones legales para la separación en su nombre.

Sin embargo, para el tribunal provincial, «la protección» de la mujer «no puede realizarse mediante la instrumentalización del proceso penal y de las medidas dictadas para los supuestos de violencia doméstica, cuando no consta la comisión de ilícito penal que se denuncia», añade el auto.

Por todo ello, la Audiencia ha decidido desestimar el recurso de apelación y archivar definitivamente la causa, lo que ha provocado que los hijos de la mujer tengan que trasladarla a un asilo para que el denunciado «no la acabe matando», según explicaron fuentes judiciales a Europa Press.