El Consejo de Ministros ha concedido el indulto parcial al gerente de una empresa de Beniparrell (Valencia) condenado a una pena de prisión por sendos delitos de homicidio imprudente y contra la seguridad de los trabajadores por un accidente laboral ocurrido en el año 2000.

El Consejo de Ministros ha concedido el indulto parcial al gerente de una empresa de Beniparrell (Valencia) condenado a una pena de prisión por sendos delitos de homicidio imprudente y contra la seguridad de los trabajadores por un accidente laboral ocurrido en el año 2000.

El Juzgado de lo Penal número 9 de Valencia condenó en octubre de 2004 al empresario como autor de un delito de homicidio imprudente a la pena de dos años de prisión , y de un delito contra la seguridad de los trabajadores a la pena de seis meses de prisiçon y seis meses de multa con una cuota diaria de seis euros.

El Real-decreto por el que se indulta al empresario conmuta las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, lo que permite evitar la cárcel si en el plazo de tres años a contar desde este jueves no vuelve a cometer ningín delito doloso.

Los hechos ocurrieron en mayo del ao 2000, cuando un trabajador de 57 años contratado temporalmente y con una antigüedad de un mes en la empresa pidió a un compañero que le subiera con una carretilla elevadora por encima de la altura de un contenedor de residuos metálicos para vaciar unas papeleras.

Al comenzar la operación de descarga, el hombre cayó al suelo desde una altura superior a dos metros, y como consecuencia de las lesiones sufridas falleció.

La sentencia señala que el gerente, a pesar de estar obligado a ello, no adoptó los medios ni las medidas necesarias para que sus empleados desarrollaran su actividad con unas mínimas condiciones de seguridad, con una infracción de las normas de prevención de riesgos laborales por las que la Inspección de Trabajo levantó acta.

Asimismo, indicaba que no se podía alegar la culpa exclusiva del trabajador, el cual debe ser protegido hasta de su propia imprudencia, dado que quienes tienen la dirección o mando de una empresa tienen la obligación de exigir a los obreros, coactiva o imperativamente, el cumplimiento exacto de las cautelas y prevenciones dispuestas en las normas de seguridad e higiene.

Para la concesión del indulto se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del pasado 30 de enero.


Fuente: EFE