CGT ha formalizado denuncia ante Inspección de Trabajo de Ceuta contra la empresa pública AMGEVICESA, ya que ha procedido a discriminar directamente a personas con discapacidad al contratarles, tras superar la OEP para la cobertura de 84 vacantes, como Fijos Discontinuos para periodo veraniego, pese a que nada de ello se reflejaba en las Bases de la convocatoria, convirtiéndoles directamente en trabajadores/as a tiempo parcial y en absoluta precariedad.

Estos fijos discontinuos están siendo vilmente discriminados por la empresa dado que por un lado, mientras se les enviará al paro en fecha próxima se están realizando contrataciones a personal eventual sin plaza en AMGEVICESA resultando una actuación abusiva e ilícita.

Además de ese trato discriminatorio y prohibido por la legislación vigente, Amgevicesa viola sistemáticamente el Estatuto de los Trabajadores, en concreto el art. 12,4e que textualmente recoge: “el empresario deberá informar a los trabajadores de la empresa sobre la existencia de puestos de trabajo vacantes, de manera que aquéllos puedan formular solicitudes de conversión voluntaria de un trabajo a tiempo completo en un trabajo a tiempo parcial y viceversa, o para el incremento del tiempo de trabajo de los trabajadores a tiempo parcial”

CGT considera que AMGEVICESA cuenta con una planificación de plantilla ESTABLE y en consecuencia quienes forman parte de la empresa deben contar con absoluta estabilidad en el empleo. En ese sentido se ha manifestado el Tribunal Supremo en su reciente sentencia de 29 de diciembre 2020 para acabar con los abusos en la contratación y la precariedad laboral (sentencia núm. 1137/2020 de la sala de lo social del Tribunal Supremo de fecha 29/12/2020).

 La mencionada actuación empresarial de Amgevicesa supone una flagrante violación del art 14 de la constitución española que promulga el derecho a la igualdad y no discriminación por ser diferentes, el Incumplimiento de lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores en materia de contratación y el incumplimiento de las bases de la OEP para la cobertura de 84 plazas en la empresa vislumbrándose un claro fraude en la contratación, todas ellas actuaciones  tipificadas en la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) como INFRACCIONES GRAVES Y MUY GRAVES por lo que la Inspección de Trabajo debe actuar de un modo urgente y contundente contra los despropósitos de quienes dirigiendo una empresa pública la consideran como su cortijo.

CGT va a seguir usando todos los medios a su alcance para que Ceuta sea el verdadero sur de Europa en materia de relaciones laborales y del respeto a la legalidad vigente.

 


Fuente: CGT Andalucía, Ceuta y Melilla