El Tribunal Supremo ha confirmado un fallo de la Audiencia de Jaén que en 2001 condenó a una empresa de trabajo temporal (ETT) y a una fábrica textil a indemnizar con 177.802 euros a un trabajador sin experiencia ni cualificación que perdió el brazo derecho en un accidente laboral al manipular una máquina.

El Tribunal Supremo ha confirmado un fallo de la Audiencia de Jaén que en 2001 condenó a una empresa de trabajo temporal (ETT) y a una fábrica textil a indemnizar con 177.802 euros a un trabajador sin experiencia ni cualificación que perdió el brazo derecho en un accidente laboral al manipular una máquina.

El Alto Tribunal ha desestimado el recurso de la ETT Geserv Servicios y sostiene que las ETT deben “formar al trabajador de manera suficiente y adecuada a las características del puesto de trabajo a cubrir, teniendo en cuenta su cualificación y experiencia profesional, así como los riesgos a los que vaya a estar expuesto”.

En su recurso, la ETT argumentó no ser responsable de la seguridad de los trabajadores que ponía a disposición de otras empresas por ser competencia de éstas, tesis desestimada por el Supremo.


Fuente: El Correo