La reforma laboral encubierta aprobada por el Consejo de Ministros el 26 de agosto anima a la temporalidad y permite que el trabajador encadene contratos temporales para hacer el mismo trabajo durante más de dos años sin que el empresario se vea obligado a hacerlo fijo.

Resumen: En qué consisten las nuevas medidas?.

El abuso de los contratos temporales fue acotado en la reforma laboral de 2006. Para evitar que un obrero se eternizan empresa con contratos temporales se fijó la obligación que el empresario convirtiera en fijo que, en el plazo de 30 meses, sumara 24 meses con uno o más contratos temporales en una ocupación igual o diferente. El escudo se recogía en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores. La empresa tenía que hacerlo fijo o despedirlo.

Resumen: En qué consisten las nuevas medidas?.

El abuso de los contratos temporales fue acotado en la reforma laboral de 2006. Para evitar que un obrero se eternizan empresa con contratos temporales se fijó la obligación que el empresario convirtiera en fijo que, en el plazo de 30 meses, sumara 24 meses con uno o más contratos temporales en una ocupación igual o diferente. El escudo se recogía en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores. La empresa tenía que hacerlo fijo o despedirlo.

El objetivo del gobierno es dejar en suspenso hasta 2013 la prohibición de encadenar contratos temporales y lo justifica diciendo que «prefieren un trabajador temporal a un parado», que con una tasa de paro del 20% prefieren un temporal precario antes de que una nueva hornada de parados que engorden los números del antiguo Inem y generen derecho a cobrar prestaciones.

Con las nuevas medidas aprobadas, las empresas podrán durante dos años siguió haciendo contratos temporales a sus trabajadores, además este tiempo no computará de cara al futuro, es decir, el contador del tiempo que una persona lleve como trabajadora temporal en una empresa no correrá durante este periodo y dentro de dos años volverá al punto donde se encuentre ahora.

Un ejemplo: una trabajadora que actualmente lleve un año contratada como temporal en una empresa podrá ser de nuevo contratada eventualmente sin límite durante los próximos dos años sin que la tengan que hacer indefinida. Terminado este período extraordinario, ya pesar de llevar tres años como trabajadora eventual, la empresa podrá de nuevo hacerle un contrato precario, ya que sólo se le tendrá en cuenta el período de un año que estuvo como trabajadora eventual previamente a estos dos años.

Estos cambios suponen la apuesta directa por la temporalidad, la precariedad, el trabajo de mala calidad y con menos derechos, y supone situar las ETT como régimen general.

El Ejecutivo español también ha acordado eliminar el contrato de formación actual y crear uno nuevo llamado «de formación y aprendizaje». Inspirado en el modelo alemán, permite que los jóvenes no cualificados combinen trabajo y formación cobrando un sueldo que nunca podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional (actualmente de 641 euros).

El contrato será de dos años (ampliable a tres) y está ideado para jóvenes de 16 a 25 años pero, de forma excepcional, hasta el 31 de diciembre de 2013 podrá beneficiarse los jóvenes de hasta 30 años que no tengan el título de ESO, o que teniéndolo no tengan un título universitario o de formación profesional. El tiempo de trabajo será del 75% de la jornada ordinaria, el resto se dedicará a formación.

El fondo austriaco o de capitalización que cada trabajador acumulará en su vida laboral, en cambio, se aplaza al 2013.

Otro punto controvertido es la fusión con el antiguo Inem (actual Servicio Público de Empleo) del Fogasa, que atraviesa una grave crisis que ha llevado al Ministerio de Trabajo a desviarse hay presos para poder atender el creciente volumen de trabajo. Para los sindicatos, la fusión del Fogasa-hucha de aportación empresarial pero de gestión pública que abona la nómina a obreros de empresas en quiebra-el antiguo Inem es un despropósito y alertan de un colapso del pago de prestaciones e indemnizaciones .

El único punto valorado de forma positiva es la prórroga del plan Prepara, que abona 400 euros al desempleado sin prestación y que pasa a formar, y que cubrió 126.000 desempleados entre febrero y julio.

RESUMEN: EN QUÉ CONSISTEN LAS NUEVAS MEDIDAS LABORALES APROBADAS?

  • ¿Qué pasa con los contratos temporales?

El Gobierno ha suspendido durante dos años el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores que pone límite al encadenamiento de contratos temporales. Hasta ahora, los trabajadores que en un periodo de 30 meses hubieran estado contratados con dos o más contratos durante más de 24 meses (seguidos o no) en la misma empresa o grupo debían pasar a ser trabajadores fijos. La otra opción para las empresas era despedirlos.

A partir de ahora y durante dos años, estos límites desaparecen, por lo que un mismo trabajador podrá encadenar contratos temporales sin límite. Además, este período de dos años no computará de cara al futuro, es decir, el contador del tiempo que un trabajador lleva como temporal en una empresa no correrá durante este período.

  • Hay un nuevo contrato de formación para jóvenes

El Gobierno ha sustituido el anterior contrato de formación por un nuevo, para la formación y el aprendizaje. Se inspira en el modelo dual alemán, que combina estudios con trabajo en empresas. Está dirigido a los jóvenes que no hayan terminado sus estudios o que carezcan de título universitario, de formación profesional o de certificación profesional. Estas son sus condiciones: El nuevo contrato se podrá registrar con jóvenes de hasta 25 años y, excepcionalmente durante dos años, hasta 30. La jornada de trabajo será del 75% de la jornada laboral habitual en la empresa. El resto del tiempo se dedicará a actividades formativas en centros educativos reglados.

El salario se fijará en convenio y no podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción a la jornada laboral en la empresa. Es decir, en los próximos dos años puede haber jóvenes de 30 años que cobren 480 euros mensuales. La duración mínima del contrato será de un año y la máxima, de tres, en caso de que las necesidades formativas o de la empresa así lo requieran.

  • Las empresas que hagan estos nuevos contratos de formación no pagarán las cuotas a la Seguridad Social

Las empresas que formalicen estos contratos tendrán una reducción del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social durante la vigencia del contrato. Para las empresas de más de 250 empleados, serán del 75%. Si los convierten en contratos indefinidos, tendrán derecho a una reducción de la cotización social de 1.500 euros anuales durante tres años (1.800 euros si la contratada es mujer).

  • Habrá más incentivos para convertir temporales en indefinidos

El período para transformar contratos temporales en indefinidos de fomento del empleo (con 33 días de indemnización por año trabajado) se amplía. Hasta el 31 de diciembre de este año se podrán convertir los contratos celebrados antes de la entrada en vigor de este decreto. Los registrados con posterioridad podrán transformarse hasta final de 2012.

  • Se prorroga la ayuda de los 400 euros

La ayuda de 400 euros para personas en paro y que hayan agotado sus prestaciones se prorroga otros seis meses. Esta prestación va ligada a la realización de cursos de formación o recualificación, el llamado programa ‘Prepara’, del que se han beneficiado unas 128.000 personas.

  • Habrá cambios en el Fondo de Garantía Salarial

En seis meses, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), encargado de sufragar sueldos e indemnizaciones de trabajadores cuyas empresas se declaran insolventes o en concurso de acreedores, se fusionará con el Servicio Público de Empleo.


Fuente: Agencias