La sustitución de camareras de piso con contrataciones de personal externo durante la huelga convocada por CGT en los días previos a la declaración del estado de alarma ya ha obtenido respuesta en modo de sanción por parte de la autoridad laboral, tras la denuncia interpuesta por las miembros de la Confederación General del Trabajo en el comité de huelga.

La Inspección de Trabajo de Málaga mediante resolución 2174/20 extiende acta de infracción por sustitución de trabajadoras huelguistas conforme a lo tipificado en el ARTICULO 8 (INFRACCIONES MUY GRAVES) de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), que en su punto 10 dice textualmente “10. Los actos del empresario lesivos del derecho de huelga de los trabajadores consistentes en la sustitución de los trabajadores en huelga por otros no vinculados al centro de trabajo al tiempo de su ejercicio.

La Inspección de Trabajo de Málaga mediante resolución 2174/20 extiende acta de infracción por sustitución de trabajadoras huelguistas conforme a lo tipificado en el ARTICULO 8 (INFRACCIONES MUY GRAVES) de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), que en su punto 10 dice textualmente “10. Los actos del empresario lesivos del derecho de huelga de los trabajadores consistentes en la sustitución de los trabajadores en huelga por otros no vinculados al centro de trabajo al tiempo de su ejercicio.

La cuantía de las sanciones por comisión empresarial de Infracciones MUY GRAVES están fijadas en el art. 40 de la LISOS, apartado C. “c) Las muy graves con multa, en su grado mínimo, de 6.251 a 25.000 euros; en su grado medio de 25.001 a 100.005 euros; y en su grado máximo de 100.006 euros a 187.515 euros.” .

El tiempo va colocando cada cosa en su lugar y ahora quienes se regocijaban de anular a las huelguistas con contrataciones externas y de hacer fracasar la huelga por este motivo, piden hacer “borrón y cuenta nueva”, intentando que todo quede como si nada hubiese sucedido y lo cierto es que Pueblo Evita, con el pésimo asesoramiento laboral que le acompaña, ha cometido gravísimos atentados contra los derechos básicos de sus Kellys que no podemos dejar caer en saco roto, tras renunciar la empresa a la negociación durante el conflicto de huelga y represaliar con el despido colectivo a las fijas discontinuas (protagonistas de la huelga), excluyéndolas del ERTE por fuerza mayor derivado del estado de alarma, ocasionándoles un daño irreparable al forzarles a consumir su desempleo a diferencia del resto de la plantilla, desempleo que a estas alturas muchas de ellas ya han consumido, encontrándose sin prestaciones.

Al acta de Infracción MUY GRAVE de la Inspección de Trabajo, se une el próximo juicio por el despido colectivo de las Kellys Fijas Discontinuas de Pueblo Evita, a celebrar el próximo 24 de septiembre 2020 en la sala de lo social del TSJA en Málaga, donde desde CGT se solicita al Tribunal la nulidad de estos despidos mediante un ERE encubierto, la readmisión inmediata y el abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido en marzo hasta la reincorporación a su puesto de trabajo.

Las actuaciones de Pueblo Evita y de su asesor laboral, caprichosas, arbitrarias e ilegales, como demuestra el acta de Infracción MUY GRAVE,  no pueden quedar impunes y CGT va a llegar hasta el final defendiendo los intereses de las Kellys de esta empresa sin escrúpulos.   


Fuente: Sindicato de Comercio y Hostelería de CGT Málaga