Las jornadas laborales las fijan la empresa y los sindicatos
Una de las cuestiones sobre el accidente del metro que va a investigar la titular del juzgado de instrucción número 21 de Valencia, Nieves Molina, es el « régimen aplicable en materia de jornada, descanso y trabajo a turnos respecto del trabajo de maquinista » en Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV). Será la Inspección de Trabajo quien deberá aclarar estos detalles y, además, informar sobre « posibles infracciones de la normativa vigente » . A la jueza no le consta « ningún indicio en la causa que lleve a cuestionar la legalidad de la jornada laboral que llevó a cabo el conductor fallecido » pero « al objeto de despejar cualquier duda al respecto » acepta la petición de una de las familias personadas y ha decidido indagar en estas cuestiones, según el auto de reapertura de la investigación sobre el accidente en el que fallecieron 43 personas y 47 resultaron heridas.
Las jornadas laborales las fijan la empresa y los sindicatos

Una de las cuestiones sobre el accidente del metro que va a investigar la titular del juzgado de instrucción número 21 de Valencia, Nieves Molina, es el « régimen aplicable en materia de jornada, descanso y trabajo a turnos respecto del trabajo de maquinista » en Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV). Será la Inspección de Trabajo quien deberá aclarar estos detalles y, además, informar sobre « posibles infracciones de la normativa vigente » . A la jueza no le consta « ningún indicio en la causa que lleve a cuestionar la legalidad de la jornada laboral que llevó a cabo el conductor fallecido » pero « al objeto de despejar cualquier duda al respecto » acepta la petición de una de las familias personadas y ha decidido indagar en estas cuestiones, según el auto de reapertura de la investigación sobre el accidente en el que fallecieron 43 personas y 47 resultaron heridas.

Los turnos de trabajo del maquinista fallecido en el siniestro, Joaquín Pardo Tejedor, desde el 19 de junio hasta el 3 de julio de 2006 ya fueron remitidos por FGV a la comisión de investigación de las Corts Valencianes.
En esos quince días anteriores a la tragedia, el maquinista fallecido trabajó diez jornadas, descansó otras cuatro y el 24 de junio el servicio que debía realizar se suspendió.

En esos diez días laborables, las jornadas impuestas por FGV, según los « gráficos » que acuerdan la empresa y los sindicatos, obligaron al conductor a incumplir el descanso mínimo de 7 horas establecido en la empresa ferroviaria valenciana. Según la documentación remitida por FGV a las Corts, Pardo Tejedor tuvo que trabajar el 19 de junio desde las 12.46 hasta las 21.31 horas y, al día siguiente, volver a conducir trenes desde las 05.28 hasta las 14.13 horas. Entre una jornada laboral y otra mediaron 7 horas para dormir y descansar. Pero a este tiempo hay que restar el tiempo de ida y vuelta de casa al trabajo (y al revés), que los maquinistas han de presentarse en FGV 15 minutos antes de la salida de su tren y que al finalizar la conducción han de presentar un parte de trabajo. Entre el 25 y el 26 de junio el tiempo estricto de descanso que medió entre ambas jornadas laborales de Pardo Tejedor fue de 6 horas y 24 minutos. Entre el 1 y el 2 de julio el maquinista apenas pudo descansar 8 horas y 15 minutos. Entre el 2 y el 3 de julio su tiempo de descanso fue de doce horas. Cabe recordar que los maquinistas de FGV trabajan cuatro días y descansan dos. La dirección de la empresa siempre ha defendido que estas cuatro jornadas fueran de mañana o de tarde alternativamente. Sin embargo, los maquinistas siempre han rechazado esta distribución y han preferido trabajar semanalmente dos días por la mañana y dos por la tarde. Esta distribución de la jornada laboral es la que provoca el escaso tiempo de descanso entre el día que se trabaja de tarde y el que se inicia de mañana.

Además, en el momento del siniestro sólo los maquinistas de las Líneas 3 y 5 habían llegado al acuerdo de descanso mínimo de 7 horas. En la Línea 1 se firmó tras el accidente. A nivel nacional, el real decreto sobre jornadas especiales de trabajo marca descansos de entre 10 y 15 horas.


Fuente: Levante Digital