Las organizaciones de la Red sindical internacional de solidaridad y de luchas, abajo firmantes, solicitamos al Presidente Mauricio Macri que no conceda la extradición a FRANCISCO FACUNDO JONES HUALA en salvaguardia de los derechos ancestrales de los pueblos originarios, para no seguir agravando la difícil situación de los derechos humanos en el país y por las siguientes razones puntuales: una es el derecho de todo ciudadano argentino a ser juzgado en su país y la segunda es la falta absoluta de garantías para un juicio justo contra un activista mapuche en Chile.

Jones Huala, poseedor de documento nacional de identidad argentino y con domicilio legal en el país, ha invocado la cláusula 12 de la ley 24676 de «la nacionalidad argentina» que implica no conceder la extradición y tener derecho a ser juzgado por los delitos que lo requiere Chile, por un tribunal nacional.

Jones Huala, poseedor de documento nacional de identidad argentino y con domicilio legal en el país, ha invocado la cláusula 12 de la ley 24676 de «la nacionalidad argentina» que implica no conceder la extradición y tener derecho a ser juzgado por los delitos que lo requiere Chile, por un tribunal nacional.

No hace mucho, en 2016, Ud. negó la extradición a un ciudadano norteamericano, Kurt Sonnefeld, por no estar dadas las garantías de seguridad en el país requerido, aplicando el articulo tres de la Convención contra la Tortura de la ONU tal como declaró el experto italiano del Comité contra la Tortura de la ONU al avalar la decisión argentina: “La respuesta que nos dio la Argentina fue satisfactoria”, para luego criticar a la Corte Suprema por “autorizar la extradición de una persona a la que se podría imponer la pena de muerte…, justificando dicha autorización en la aceptación de garantías diplomáticas de que dicha pena no se impondría”

La situación en Chile no puede ser más hostil para los que defienden la causa mapuche como lo denuncian los organismos de derechos humanos del país trasandino y los informes especializados de la ONU En julio del 2013, el relator especial de Naciones Unidas, Ben Emmerson, llegó a Chile en visita oficial con el mandato de la promoción y protección de los derechos humanos y libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo. El objetivo de la visita fue analizar el uso de la legislación antiterrorista en el marco de las protestas mapuches encaminadas a la recuperación de tierras ancestrales, su derecho al reconocimiento colectivo y el respeto a su cultura y tradiciones. Las recomendaciones y conclusiones del informe apuntan principalmente a la elaboración de una nueva estrategia nacional para abordar “exhaustivamente la cuestión mapuche”, que considere la priorización de los procesos de devolución de tierras ancestrales, que no se aplique la Ley Antiterrorista en contra de manifestantes de la etnia, e investigar las denuncias de abusos y violencia contra los pueblos indígenas cometidas por miembros de la policía.

La extradición de Francisco Facundo Jones Huala vulneraría los parámetros internacionales de respeto a los derechos de los pueblos originarios, que el Estado argentino se comprometió a respetar tal como se resaltó en la Convención Constituyente de 1994, y alimentaría la ola de persecuciones y estigmatización a que está sujeto el pueblo mapuche, por lo que requerimos vuestra decisión en contra de la extradición a Chile.


Fuente: Red Sindical Internacional de Solidaridad y Lucha