Es el Segundo pronunciamiento consecutivo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sala de lo Contencioso Administrativo, sobre los servicios mínimos abusivos del 100% que la Consejería amiga de ILUNION Emergencias viene implantando en la huelga que se desarrolla en la gestión Telefónica del 061 de Málaga desde el 8 de junio 2015.

Esta nueva SENTENCIA demuestra a las claras que el Gobierno de la Junta de Andalucía no es Socialista ni Obrero y que tanto la presidente de la Junta como el Consejero de Salud, Aquilino Alonso, rezuman tintes próximos al fascismo.

Esta nueva SENTENCIA demuestra a las claras que el Gobierno de la Junta de Andalucía no es Socialista ni Obrero y que tanto la presidente de la Junta como el Consejero de Salud, Aquilino Alonso, rezuman tintes próximos al fascismo.

La sentencia número 1669/2016 de la sala Contencioso Administrativo del TSJA recoge en sus Fundamentos de Derecho párrafos tan flagrantes como este: «En el presente caso, la aplicación de esta doctrina jurisprudencial ha resultado infringida por la resolución administrativa impugnada que ha tenido un carácter desproporcionado en cuanto a la fijación de los servicios mínimos que pueden, por tanto, tildarse de abusivos pues unos servicios mínimos del 100% hace ilusorio el derecho constitucional de huelga, imponiendo a los huelguistas un sacrificio desmesurado y conllevando una conculcación del art. 28 de la Constitución pues el derecho de huelga ha de ser reconocible sin que quepa aceptar las molestias y perjuicios (incluso emocionales) que los paros irrogarían a los pacientes, como fundamento para la generalización de los servicios mínimos ya que es lógico que cualquier declaración de huelga en un servicio esencial, como es el sanitario, conlleva una presión, no sólo para el empresario, sino también para los usuarios del servicio, por lo que debe establecerse el personal estrictamente necesario para el mantenimiento del servicio, por muy esencial que fuese»y sin embargo no sólo no condena a la Consejería a indemnizar a CGT por la reiteración de la vulneración del Derecho Fundamental a la huelga sino que además intenta justificar, a petición de ILUNION, que un 90% de servicios mínimos sería ajustado a derecho.

Por estos motivos, entre otros, CGT va a proceder a recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo ante lo que aparentemente supone que la alargada mano de la Consejería de Salud y sus socios pueda llegar incluso a manejar los órganos de justicia en Andalucía.

FATYC de CGT-A

 


Fuente: FATYC de CGT-A