Nunca Máis insiste en que la legislación contra vertidos contaminantes de la Unión Europea debe endurecerse aún más, de modo similar a como lo hizo la de Estados Unidos al aprobar dicho país en 1990 la conocida como Oil Polution Act (Acta de Polución por Petróleo), por la cual se obliga a los responsables de los petroleros a depositar una fianza previa al paso de los buques. La necesidad de una mayor severidad de la normativa europea fue defendida recientemente ante la Comisión sobre Seguridad Marítima del Parlamento Europeo por el catedrático de la Universidad de Santiago Xavier Vence, en nombre de Nunca Máis.

Nunca Máis insiste en que la legislación contra vertidos contaminantes de la Unión Europea debe endurecerse aún más, de modo similar a como lo hizo la de Estados Unidos al aprobar dicho país en 1990 la conocida como Oil Polution Act (Acta de Polución por Petróleo), por la cual se obliga a los responsables de los petroleros a depositar una fianza previa al paso de los buques. La necesidad de una mayor severidad de la normativa europea fue defendida recientemente ante la Comisión sobre Seguridad Marítima del Parlamento Europeo por el catedrático de la Universidad de Santiago Xavier Vence, en nombre de Nunca Máis.

En su intervención, Vence subrayó que «los criterios de determinación de los daños causados por los vertidos aplicados actualmente por el Fidac y por la Unión Europea son claramente insuficientes y desfasados», por lo cual recomendó que el fondo sea «profundamente reformado» y que se incorporen baremos establecidos en la citada norma estadounidense.

Así, el representante de la plataforma abogó por regular «una evaluación integral de los daños», en la cual no sólo se incluyan los causados sobre bienes, actividades económicas y gastos de limpieza y recuperación, sino también los «presentes y futuros producidos en recursos naturales y ambientales, o su uso y disfrute».

Además, defendió que la UE, al igual que ya hace EE UU, obligue a las propietarias o armadores de los buques que pretendan acceder a las aguas comunitarias a nombrar un representante responsable en alguno de los países miembro, «así como a constituir un depósito de garantía en la cuantía y condiciones que se determinen para afrontar la indemnización por la integridad de los daños y gastos que pudiesen ocasionar los vertidos».

A mayores de dichas fianzas debería constituirse, según Nunca Máis, un fondo de garantía «para situaciones extraordinarias, constituido por las aportaciones de los diferentes actores que intervienen en el transporte marítimo».