Artículo publicado en Rojo y Negro nº 384 de diciembre

La sección sindical de CGT en Covisian consigue que los 5 días de permiso por hospitalización se disfruten solo en días laborables.

El pasado 15 de noviembre, tras la demanda colectiva presentada en solitario por CGT ante la Audiencia Nacional, en la mediación previa del SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje de Madrid), Covisian España y CGT hemos alcanzado un acuerdo que mejora sustancialmente el artículo 30.1.b del Convenio de Contact Center en cuanto al permiso retribuido por enfermedad, hospitalización y/o reposo de pariente.
El acuerdo manifiesta de forma explícita que en Covisian los 5 días de permiso retribuido, que desde junio establece el Estatuto de los Trabajadores, serán computados solo en días laborables para la persona trabajadora por lo que no contarán los fines de semana, los festivos ni los días de libranza.
Este acuerdo sienta un precedente único en el sector de telemarketing puesto que, tras la entrada en vigor de las nuevas medidas de conciliación en junio, las empresas de contact center están interpretando la norma a su antojo y los 5 días de permiso están siendo contados en días naturales por lo que las personas trabajadoras que se acogen a este artículo terminan disfrutando, en algunos casos, de solo tres días como antes, dos o menos si los días de disfrute coinciden con días no laborables.
En Covisian teníamos un acuerdo en base a los 3 días de permiso establecido en el convenio, pero la empresa estaba decidida a no reconocerlo porque dicho acuerdo se firmó sobre la base de una normativa distinta, según ellos. Nos parece extraño que a UGT, que defiende como suyo el anterior acuerdo, el día de la negociación, no le interesara seguir manteniéndolo y estaba dispuesto a firmar cualquier cosa con la empresa.
En el debate, Covisian decía que no iba a salirse del marco del convenio y que dejaba fuera el citado acuerdo. Entonces, CGT puso sobre la mesa pactar una de dos cosas, o bien mantener el fraccionamiento de los días de disfrute o bien que los 5 días de disfrute sean solo sobre días laborables, que en sí es casi lo mismo que el fraccionamiento. Finalmente, se acordó que los 5 días de disfrute serán en días laborables continuados en un periodo de 10 días naturales contados a partir del primer día laborable de la persona trabajadora. Esto quiere decir, por ejemplo, que si nuestro familiar o conviviente tiene un problema de salud el Jueves Santo, el período de 10 días comenzará a contar desde el lunes siguiente al puente y el permiso se podrá pedir como tarde, el jueves siguiente, incluyendo el viernes y, saltándose el fin de semana, retomarlo el lunes, martes y miércoles de la semana siguiente (que sería el décimo día).
El documento firmado también acuerda que las personas a las que Covisian obligó a devolver en trabajo los días disfrutados, como se hacía anteriormente, tendrán que ser compensadas con días libres que podrán disfrutar hasta marzo del 2024.
Con este acuerdo, que fue aplaudido y apoyado por todos los sindicatos, paramos los pies a Covisian sobre la privación de este derecho a las plantillas y nos posicionamos por delante del resto de empresas del sector además de adelantarnos a los movimientos que por nuestro logro ha emprendido la Coordinadora de Telemarketing.

Sección Sindical de Covisian

 


Fuente: Rojo y Negro