El domingo 29 de marzo de 2020 el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 10/2020 por el que se cerraban aquellos centros de trabajo del sector público y privado que el Gobierno consideró como no esenciales, disponiendo para las personas trabajadoras afectadas de un permiso retribuido recuperable, de carácter obligatorio, entre los días 30 de marzo y 9 de abril, ambos inclusive.

Con objeto de su aplicación en Tragsatec, la Dirección convocó el viernes 3 de abril por videoconferencia a todas las secciones sindicales estatales presentes en la empresa para constituir la comisión representativa a fin de negociar la recuperación del tiempo en un periodo de consultas que tendrá una duración máxima de 7 días, desde el 7 al 13 de abril o antes.

Con objeto de su aplicación en Tragsatec, la Dirección convocó el viernes 3 de abril por videoconferencia a todas las secciones sindicales estatales presentes en la empresa para constituir la comisión representativa a fin de negociar la recuperación del tiempo en un periodo de consultas que tendrá una duración máxima de 7 días, desde el 7 al 13 de abril o antes.

Por parte de CGT manifestamos que la comisión representativa podía estar constituida por la Representación Sindical Estatal (RSE) o según establece el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (ET). Además, no nos opusimos a que estén otras secciones sindicales que lo soliciten.

Finalmente, la comisión representativa quedó constituida como la actual RSE por acuerdo mayoritario de las secciones sindicales estatales en el último día del plazo habilitado para ello.

Se solicitó por parte de la Representación de los Trabajadores la información necesaria para la negociación.

La Dirección presentó su propuesta de recuperación del tiempo:

Recuperación de todas o de parte de las horas de trabajo: todas.

Preaviso con que la persona trabajadora debe conocer el día y la hora de la prestación de trabajo: 5 días.

Periodo de referencia para la recuperación del tiempo de trabajo no desarrollado: hasta el 31 de diciembre de 2020, aunque su intención es que se recupere cuanto antes.

Forma de recuperación: el tiempo a recuperar es el que corresponde al intervalo desde el 30 de marzo al 9 de abril, equivalente a 8 días laborables, es decir, 60 horas, a razón de 1 hora diaria de lunes a jueves y 2 horas los viernes en jornada continuada, sin afectar a la jornada de verano.

CGT manifestamos no estar de acuerdo en que toda la recuperación de las horas recaiga sólo sobre los trabajadores y las trabajadoras.

Pensamos que las personas trabajadoras afectadas pueden hacer formación a distancia y que se les descuente del tiempo a recuperar. De hecho, desde la intranet del Grupo Tragsa se anima a este tipo de formación en la noticia publicada el 30 de marzo, Yo me formo en casa, aunque no aclara si estos cursos pueden convalidarse por tiempo efectivo.

Sin embargo, puesto que el periodo de consultas finalizará el 13 de abril y se solapa con el permiso retribuido recuperable (hasta el 9 de abril), para cuando la Dirección y la RSE lleguemos a un acuerdo los trabajadores y las trabajadoras que están en casa sin poder convalidar el tiempo mediante formación a distancia lo deberán a la empresa.

Por último, el 4 de abril el Gobierno anunció que no prorrogará el permiso retribuido recuperable más allá del 9 de abril, aunque el acuerdo de bolsa de horas perdurará si la Administración declara o mantiene la suspensión temporal de encargos o proyectos.

DEFIENDE TUS DERECHOS, DEFIENDE TU FUTURO. ORGANÍZATE EN CGT

6 de abril de 2020

Primera reunión sobre la aplicación del permiso retribuido recuperable


Fuente: CGT-Tragsatec