Rafael Cid
Contra quienes predican la resignación cristiana como panacea universal ante la exigencia de recuperación integral de nuestra reciente memoria histórica, porque subliminalmente lo entienden como una victoria del “enemigo interior”, hay que proclamar un imperativo ético : cuando no hay derecho, la memoria no prescribe porque la razón nunca abdica.
Rafael Cid

Contra quienes predican la resignación cristiana como panacea universal ante la exigencia de recuperación integral de nuestra reciente memoria histórica, porque subliminalmente lo entienden como una victoria del “enemigo interior”, hay que proclamar un imperativo ético : cuando no hay derecho, la memoria no prescribe porque la razón nunca abdica.

Si tuviéramos que buscar una expresión para definir la dictadura, posiblemente una de las más precisas sería la de que aquel régimen fue una “sangrienta injusticia”. La frase conjuga los dos conceptos más infames del franquismo. Fue un sistema radicalmente injusto desde el punto de vista jurídico y absolutamente sangriento desde la perspectiva humana. O sea, aquella tiranía aunó desprecio del derecho y sobre todo de los derechos humanos, que es la raíz de donde emana toda legitimidad. Cabe, pues, concluir con conocimiento de causa que los 36 años de aquel fascicatolicismo constituyeron una rotunda y salvaje conculcación democrática. Salvo que, echando mano del pragmatismo jurídico más acomodaticio, se considere que la simple existencia de un Estado, que sólo respondía ante Dios y la Historia, implica también la del Derecho. Es decir, que aunque la dictadura tuviera ilegitimidad de origen gozó de legitimidad de ejercicio (el Estado nazi tuvo lo primero pero no lo segundo y además fue derrotado, mientras que Franco murió en la cama dejando amañada la sucesión a dos bandas : en la jefatura del Estado y en el sistema político).

Viene a cuento esta digresión porque la vicepresidenta del Gobierno María Teresa Fernández de la Vega, gran muñidora de la propuesta de Ley de Memoria Histórica, ha reivindicado ambos conceptos (“injusticia” y “sangrienta”), pero para justificar todo lo contrario. Al presentar la iniciativa en el Congreso ha dicho que con ella los socialistas pretenden reconocer la “injusticia” de las condenas del franquismo, y horas después, en una emisora radiofónica, ha calificado de “sangrienta” la resolución de la Sala Quinta del Tribunal Supremo (Militar) que rechazaba la revisión del juicio sumarísimo que culminó en el asesinato legal de los anarquistas Joaquín Delgado y Francisco Granado.
Necesitaríamos otro Pablo Picasso para retratar la nueva versión del Guernica histórico y jurídico del “negacionismo” en que estamos enredados. La dictadura franquista fue una sangrienta injusticia, pero la democracia la ha confirmado con una justicia sangrienta. ¿Dónde está, desde el punto de vista de los derechos humanos, la diferencia ? Causa causae est causa causati (lo que es causa de la causa es causa de los causado). Principio del derecho.

El Gobierno tiene ciertamente una batería de argumentos jurídicos para esa sostenella y no enmendalla. No cabe anulación de los juicios porque la Constitución impide la retroactividad penal, señalan inflexibles. De ahí que la propuesta busque una reparación “simbólica” (“ficticia”) de aquella sangrienta injusticia, es decir, sin consecuencias normativas, sólo formales, retóricas. Y preciso es reconocer que hay un fundamento en su discurso. Maestros tiene la Iglesia y doctores Salamanca. Pero al menos habrá que aceptar idéntico rigor en quienes opinamos lo contrario, con el plus de credibilidad que nos otorga hablar como defensores de oficio de las víctimas. ¿Y cuáles son las bases de esa exigencia que colisiona con el paradigma oficial que pretende contentarnos con un nuevo “cuéntame cómo pasó” jurídico ?

En primer lugar, un axioma : la memoria no prescribe. Y la responsabilidad penal de la barbarie tampoco, como ocurre en el caso del genocidio franquista. Precisamente los tribunales españoles han dado una lección magistral de justicia universal persiguiendo casos de genocidio urbi et orbi. Pero es que, además, una ley vigente, consensuada en tándem por PSOE y PP, ha venido a renovar esa imposible impunidad del genocidio, sangrienta injusticia, terrorismo de Estado, o como quiera que se denomine la macabra degollina según circunstancias y clientelas. Esa norma legal es la reciente Ley de Partidos, que en su fundamento prevé la persecución y condena de toda formación política que incite o exalte a la violencia. ¿Y no fue el franquismo un sistema de violencia planificada ? Sin duda, pero ya pasó y la Ley de Partidos no se ejerce desde el espejo retrovisor de la historia. Cierto también. Pero igualmente es verdad que en la democracia actual, regida por esa mayoritariamente respaldada Ley de Partidos, se produce una exaltación diaria, constante y venal de las ideologías (ex post) que ejercen la violencia, incluso de forma totalitaria. Ahí están como muestra las misas por el Caudillo en recintos del Patrimonio del Estado, los anuncios en su honor en la prensa, los carteles en la vía pública homenajeándolo y los rótulos en calles, plazas, iglesias y edificios que jalonan al país. ¿Me siguen ?

Incluso existe una Fundación que lleva el nombre del máximo responsable de aquella sangrienta injusticia, Francisco Franco ecce homo, que ha recibido subvenciones oficiales (públicas, de nuestro bolsillo) hasta hace poco. ¿Se imagina alguien un centro de propagación del nazismo y el holocausto en Alemania, o del fascismo en Italia, o del Stalinismo y el gulag en Rusia ? No hace falta imaginarlo. España, la España del siglo XXI que prepara una fictio iuris como reparación a las víctimas, tiene operativa una “biblioteca del holocausto” donde se puede investigar hagiográficamente la magna obra de aquel cuya efigie hasta hace pocos años era moneda de curso legal en nuestra democracia. Claro, eso mientras los archivos y los fondos de la represión fascista, con su nómina infinita de verdugos y saqueadores (silencio, no citar) siguen ocultos bajo siete llaves. Algo que ya ni siquiera perpetran en la Rusia de Vladimir Putin.

Por no hablar de la propia sentencia que acaba de impedir, aquí y ahora, la revisión de la condena a muerte de Juan Peiró, ministro de la II República entregado a Franco por los nazis (insisto :¡ministro de la II República entregado a Franco por los nazis !) y de Delgado y Granado, inocentes de sus cargos y víctimas de aquellas farsas inquisitoriales que nuestra legalidad vigente homologa ahora como “juicios” para escarnio del derecho, el sentido común y la decencia. Y no lo dicen solamente los legos en materia jurídica. ¿Quieren citas de autoridad ? ¿Vale la del fiscal de la Audiencia Nacional Luís Castresana, o la del antiguo Fiscal Jefe Anticorrupción Jiménez Villarejo, o la del todavía magistrado del Tribunal Supremo José Antonio Martín Pallín ? Sólo hay que echar mano de las hemerotecas, en donde además de mentiras todavía se puede encontrar alguna pieza veraz. Y si se desea un pronunciamiento de más enjundia y ringorrango, recurran a esa reciente y unánime declaración del Consejo de Europa que el Gobierno ha “traspapelado” (de tanto señalar a la luna Europa sólo reparan en el dedo indiciador).

Porque el Informe de la Asamblea del Consejo de Europa, aparte de solicitar “al Consejo de Ministros que adopte una declaración oficial de condena internacional del régimen franquista y declarar la fecha del 18 de julio del 2006 como día oficial de condena del régimen de Franco”, decía cosas como las siguientes :

  •  “De todas las leyes orgánicas, la ley de sucesión de 1947 tuvo las consecuencias más importantes para el futuro del sistema franquista. Aquella ley definía formalmente al estado español como un Estado monárquico. Su objetivo no era revitalizar la monarquía constitucional anterior a 1931, sino instituir un nuevo estado monárquico que Franco dirigiría hasta su muerte o incapacidad. La Ley reconocía igualmente a Franco el derecho de designar sucesor”.
  •  “(…) Uno de los aspectos principales del nuevo régimen fue el sistema de justicia militar expeditiva puesto en marcha para juzgar a los opositores, es decir, a toda persona que hubiera expresado su apoyo a la República. Al someter a juicio militar hasta 1962 (e incluso más en algunos casos) a todo individuo considerado como opositor político, el régimen franquista privaba de hecho a los defensores de toda garantía seria y de su derecho a un representante legal”.

    Hablamos de un texto del Consejo de Europa de 17 de marzo de 2006, la misma institución que 60 años atrás, en su resolución Res.39(I), adoptada igualmente por unanimidad, consideró que el régimen de Franco fue impuesto por la fuerza al pueblo español y no lo representaba. Curiosamente, en el vaivén histórico que va de la sangrienta injusticia de la dictadura a la retórica democrática de la injusticia sangrienta, lo que permanece como prueba de que la memoria del genocidio no prescribe es la percepción en aquellas víctimas o sus deudos de que la propuesta de Ley sobre Memoria Histórica no les representa.

    Afortunadamente, no todos las tribunales ni todos sus integrantes están en la defensa bunkerizada de la criminal legalidad vigente del franquismo. Los votos discrepantes de los dos magistrados de la Sala Militar del Tribunal Supremo, Calvo y Peces, sobre la revisión de la condena de los miembros del Movimiento Libertario demuestran una encomiable sensibilidad democrática incluso en zonas tan comprometidas. Porque si volvemos la oración por pasiva, ¿no podría interpretarse como una exaltación de la violencia el dictamen que (re)condena a dos jóvenes españoles que a más de saberse probada su inocencia eran valientes patriotas antifascistas ?

    Mal debe ir la cosa cuando como durante la “modélica” transición toda la prensa coincide en tildar de descabellada la petición de invalidar los juicios del franquismo. Que, por cierto, otra “loca” institución como Amnistía Internacional considera equivalente a una Ley de Punto Final, la norma de rango supremo -y por tanto presuntamente inapelable- que pretendió aplicar al caso de la dictadura argentina el liberal Raúl Alfonsín aunque luego los jueces de aquel país la desmontaron sin miramientos.

    En conclusión. La teoría sostiene que la democracia actual reconoce con la Ley de Memoria Histórica el carácter injusto de los juicios de la criminal dictadura franquista. Sin embargo, la práctica confirma que sus tribunales ratifican la plena validez de aquellas sangrientas injusticias. Ergo : causa causae est causa causati. El aragonés Joaquín Costa dejó escrito que la coacción no es derecho y que el derecho es un orden de finalidad racional. Y el gran historiador y jurista R. Von Ihering dijo que la paz es el objetivo del derecho. Con una Ley de Memoria Histórica que no busca reponer paz, ni la justicia ni la racionalidad, lo lógico es que ahora comience de verdad el combate por el triunfo del derecho.


    Fuente: Rafael Cid