Desde ayer todas las empresas ubicadas en España tienen la obligación de implantar planes de prevención de riesgos laborales, seis meses después de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la última reforma de la ley que regula la seguridad laboral desde 1995.

Desde ayer todas las empresas ubicadas en España tienen la obligación de implantar planes de prevención de riesgos laborales, seis meses después de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la última reforma de la ley que regula la seguridad laboral desde 1995.

Esta obligación, incluida en la Ley 54/2003, en vigor desde el pasado 14 de diciembre, busca mejorar la integración de las medidas de prevención en las empresas. La propia reforma reconoce que durante los más de ocho años de vigencia de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, no se han conseguido los resultados esperados en la práctica, con un «cumplimiento más formal que eficiente».

Los cambios introducidos con la reforma inciden en la importancia de que la prevención de riesgos laborales se integre «en el proceso productivo y en la línea jerárquica de la empresa». Para ello, se obliga al empresario a elaborar un plan de prevención, con un plazo de seis meses (que finalizó ayer). Además, los empresarios tendrán que desarrollar una «acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva». El incumplimiento de ambas obligaciones está tipificado como infracción grave.

El plan deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos, y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa. En este último apartado se incluyen las personas responsables de la prevención y los medios, que deberán ser «suficientes en número para vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas».

La reforma también trata de potenciar la labor de la Inspección de Trabajo. Así, permite a los técnicos en prevención de riesgos laborales de las administraciones autonómicas ejercer funciones inspectoras, además de las de asesoramiento. Por ello, pueden requerir a la Inspección para que levante actas de infracción si procede.

Finalmente, señalar que la normativa hace especial alusión al sector de la construcción, que cuenta con una mayor siniestralidad. En este sentido, subraya que cada contratista debe ser responsable de los recursos preventivos de su obra.

Fuente de los datos : consumer.es.