Diez trabajadores de la constructora murieron en un incendio al deflagrar una garrafa que contenía gasolina y que se encontraba en el interior del local de la obra

Diez trabajadores de la constructora murieron en un incendio al deflagrar una garrafa que contenía gasolina y que se encontraba en el interior del local de la obra

BURGOS. El juzgado de instrucción número 2 de Burgos ha imputado a tres responsables de la empresa Arranz Acinas por el accidente laboral en el que fallecieron 10 trabajadores y resultaron heridos graves otros dos el 13 de enero del pasado año.

En el auto dictado ayer se les imputan los presuntos delitos de homicidio involuntario, contra los derechos de los trabajadores y de lesiones imprudentes. Además se determina el inicio de procedimiento abreviado ante el que se concede un plazo de diez días a la Fiscalía y a las partes personadas para que formulen escrito de acusación o soliciten el sobreseimiento.

Los hechos ocurrieron el pasado 13 de enero, minutos antes de las 8:30 horas, en el interior de un local diáfano de la Calle Sauce nº 2, propiedad de la empresa Construcciones Arranz Acinas. El auto dictado ayer por el magistrado-juez Miguel Ángel Martín Maestro recoge que las diligencias previas determinan que « se produjo un incendio al deflagrar una garrafa que contenía gasolina y que se encontraba depositada en el interior del local por causas desconocidas ».

Además se indica que « en el momento de incendiarse estaba siendo manipulada por alguno de los miembros de la cuadrilla que utilizaba dicho local como vestuario y, al mismo tiempo, como almacén de material de construcción y para depósito de maquinaria de obra ». Como consecuencia de la explosión y posterior incendio fallecieron diez trabajadores y resultaron heridos graves otros dos.

Sobre el local

Dichas diligencias constatan que « en la agravación del resultado coadyuvó el hecho de que el techo del local no estuviera cubierto, alcanzando las llamas el recubrimiento aislante de poliuretano, que al quemarse, desprendió gases tóxicos de efecto rápido sobre la vida de las personas ».

El local estaba siendo utilizado por la cuadrilla de trabajadores afectados, todos ellos contratados por Arranz Acinas, para servicio a las obras del carril bici construido por promoción municipal y que se desarrollaba en las inmediaciones de su ubicación, desde el mes de octubre de 2004.

Según se recoge en las diligencias previas, este local había sido acondicionado « siguiendo las indicaciones » de Pablo Arranz Acinas y José Luis Arranz Jaramillo, respectivamente jefe de taller y socio el primero, y encargado general de las obras del carril bici el segundo.

En el auto se indica que cuando se empezó a utilizar dicho local de la calle Sauce, las obras del carril bici llevaban ejecutándose aproximadamente un año, y « ni el plan de seguridad de las obras, ni la evaluación general de riesgos de la empresa contenía referencia específica alguna al local de la calle Sauce, su adecuación a las medidas de seguridad ni el uso al que el mismo se iba a destinar ». Además, en ningún momento la constructora adjudicataria de las obras realizó ninguna modificación del plan de seguridad para incorporar el uso del local a las obras del carril bici.

A raíz de estos hechos reflejados en la instrucción del caso, el juez determina que tres personas de la empresa Arranz Acinas eran « conocedores de la situación y utilización del local », Pablo Arranz Acinas, José Luis Arranz Jaramillo y Roberto Ortega Bayón. A los tres se les imputa tres presuntos delitos de homicidio imprudente, contra los derechos de los trabajadores y de lesiones imprudentes.

El auto dictado ayer indica que Pablo Arranz Acinas fue « quien proporcionó personal para la adecuación del local antes de su utilización para las obras del carril bici y no hizo averiguación alguna acerca de si estaba prevista la utilización del mismo dentro del plan de seguridad ». El segundo imputado, José Luis Arránz Jaramillo, era el encargado general de obra y quien « directamente decidió la utilización del local siguiendo la operativa habitual de la empresa ». Por su parte, Roberto Ortega Bayón, encargado de obra y asesor directo de José Luis Arranz Jaramillo, « estuvo en el interior del local minutos antes de la explosión, comprobando la existencia de maquinaria, material, combustible y vestuario de manera simultánea y sin ningún tipo de separación física en el interior del local ».

El juez encargado del caso determina que el local en el que ocurrieron los hechos « carecía de duchas, taquillas individuales y mesas, así como carecía de mecanismos antiincendios y la puerta no podía abrirse hacia fuera » hechos constitutivos de presuntos delitos de homicidio imprudente, contra los derechos de los trabajadores y lesiones imprudentes.

Recurso de los sindicatos

El auto del juzgado se produce apenas dos días antes del primer aniversario del trágico accidente laboral en el que fallecieron 10 trabajadores y resultaron heridos graves otros dos.

Por su parte, los sindicatos CCOO, UGT y CGT, partes implicadas como acusación, presentarán un recurso al auto al considerar que el número de imputados es superior. El secretario provincial de UGT, Julián Juez, consideró que el juez « se ha quedado excesivamente corto » ya que, en su opinión, debería haber otros imputados por el accidente, entre los que citó al promotor de la obra que fue el Ayuntamiento de Burgos.


Fuente: MAR GONZÁLEZ / ABC