El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cantabria ha concedido la incapacidad permanente absoluta a una mujer de 29 años como consecuencia del acoso laboral que sufrió durante varios meses por parte de su jefe. La Sentencia ha tenido en cuenta un informe médico que alude a un cuadro mixto ansioso-depresivo de intensidad grave que sufre la empleada lo que le incapacita para todo tipo de profesión y oficio.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cantabria ha concedido la incapacidad permanente absoluta a una mujer de 29 años como consecuencia del acoso laboral que sufrió durante varios meses por parte de su jefe. La Sentencia ha tenido en cuenta un informe médico que alude a un cuadro mixto ansioso-depresivo de intensidad grave que sufre la empleada lo que le incapacita para todo tipo de profesión y oficio.

Primera sentencia en España que reconoce la incapacidad absoluta por motivo de acoso laboral. El Tribunal Superior de Justicia cántabro ha reconocido a una joven la incapacidad permanente absoluta de por vida como consecuencia de un depresión crónica que padece motivada por una situación de acoso laboral reiterada.

La sentencia del TSJC desestima el recurso presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la mutua de accidentes contra el fallo judicial del Juzgado número 4 de lo Social de Santander del pasado 17 de abril en el que el magistrado Juez Alfonso González González, consideraba probado que la trabajadora «presentaba afecciones derivadas de la situación que padeció, en concreto trastorno depresivo, estrés postraumático y crisis de angustia, derivado del acoso laboral».

Según recoge la Sentencia, el Informe médico señala un cuadro mixto ansioso-depresivo de intensidad grave, sin que los diversos tratamientos a los que la mujer había sido sometida hubieran supuesto una «clara mejoría» ni hiciera pensar en su posible recuperación, «por lo que no está capacitada para una ocupación laboral».

El fallo judicial señala que la mujer actualmente «está angustiada, no puede salir a la calle si no va acompañada debido al miedo que soporta, y no tiene ganas de luchar porque recuerda los abusos cometidos por parte de su jefe». El fallo judicial considera que las lesiones que padece esta trabajadora revelan que «se encuentra incapacitada para todo tipo de profesión u oficio, al no poder realizar ningún tipo de actividad con la continuidad, dedicación, eficacia y profesionalidad que exige el mercado laboral».

La sentencia establece el derecho de esta trabajadora a cobrar por accidente de trabajo una pensión equivalente al cien por cien de su base reguladora, con las revalorizaciones y mejoras que legalmente le correspondan desde el 15 de marzo de 2005.

ANIMA A DENUNCIAR

La secretaria de la Mujer de CCOO, Yolanda Castillo, asegura que esta sentencia abre una puerta a la esperanza para más de un millón de mujeres españolas que según un estudio reciente del Instituto de la Mujer, sufren acoso laboral en nuestro país. Por ello anima a las mujeres trabajadoras a «que no permanezcan por más tiempo calladas y denuncien a sus acosadores», ya que actualmente «sólo un 25% de ellas reconoce haber comentado con alguien estas situaciones».

El sindicato ha mostrado su satisfacción porque el TSJC haya considerado como «decisivos» los informes realizados por diferentes Gabinetes Técnicos sobre la salud de la trabajadora afectada, entre ellos el de la Secretaría de Política Social y Mujer de CCOO.


Fuente: OTR/PRESS