El ERE fue firmado por Seat, UGT y CCOO, CGT fue el único sindicato que se opuso
En una nueva sentencia recibida este viernes pasado, los jueces de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, han vuelto a estimar el recurso de suplicación presentado por otros 6 despedidos por SEAT, contra otra sentencia más dictada el pasado 28 de abril por el juzgado de lo social número 26 de Barcelona, que había declarado los despidos como procedentes, declarando nulos los despidos de los trabajadores, todos ellos afiliados a la CGT.
El ERE fue firmado por Seat, UGT y CCOO, CGT fue el único sindicato que se opuso

En una nueva sentencia recibida este viernes pasado, los jueces de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, han vuelto a estimar el recurso de suplicación presentado por otros 6 despedidos por SEAT, contra otra sentencia más dictada el pasado 28 de abril por el juzgado de lo social número 26 de Barcelona, que había declarado los despidos como procedentes, declarando nulos los despidos de los trabajadores, todos ellos afiliados a la CGT.

Al igual que en la sentencia que detallábamos en la anterior nota de fecha 15 de Noviembre, en esta también queda claro que existe discriminación en los despidos realizados por SEAT.

Algunos de los extractos de la sentencia son :

“Debemos estimar y estimamos el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia de 28 de abril del 2006 dictada por el juzgado de lo social número 26 de Barcelona…, la cual debemos revocar y debemos declarar la nulidad del despido del que fueron objeto con efectos 31 de diciembre de 2005, condenando a la empresa SEAT a que los readmita en su anterior lugar de trabajo y en las mismas condiciones que regían antes de producirse y les abone los salarios dejados de percibir.”

Nuevamente destaca la desproporción que existe entre los porcentajes de afiliación en SEAT y los porcentajes de despedidos afiliados a la CGT y a los demás :

“…para poder apreciar si existen o no indicios de discriminación por razón de la afiliación a un determinado sindicato, no deben compararse en términos absolutos el número de afiliados a uno u otro sindicato que han visto extinguidos sus contratos, sino en términos relativos, dada la gran diferencia que a este respecto existe en el número de afiliados a cada uno de ellos.”

“Es evidente que el sindicato CGT ha resultado, con diferencia, el más perjudicado en la selección realizada por la empresa en relación con los dos sindicatos mayoritarios, dándose además la circunstancia de que dicho sindicato no suscribió el pacto al que se llegó en el ERE.”

“Así entre los que han causado baja en la empresa figura el 27% del total de afiliados al sindicato CGT, frente a solo el 3% del sindicato UGT y un porcentaje similar del sindicato CCOO.”

“La consecuencia de todo ello no puede ser otra que la nulidad de la extinción de los contratos de trabajo de los actores y la nulidad de su despido, de conformidad con lo establecido en el artículo 180 de la LPL.”

Con esta nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, se sigue demostrando lo que desde un principio han defendido los despedidos y la CGT : que no había ni hay motivos para que se firmara el expediente de regulación y el despido de 660 trabajadores y trabajadoras en SEAT.

La CGT y los despedidos y despedidas por SEAT, continúan luchando por la readmisión en sus puestos de trabajo en las mismas condiciones y con los mismos derechos que tenían y siguen exigiendo la retirada del expediente de regulación firmado por SEAT, CCOO, UGT y el gobierno tripartito de la Generalitat de Catalunya.

Para contactar :

JUANJO CORDOBA

Despedido por SEAT
Secretario Comunicación
CGT Metal Baix Llobregat

ANTONIO ARANDA

Secretario de Relación con
los Medios de Comunicación
CGT CATALUNYA


Fuente: CGT CATALUNYA