Sí. Cinco. Un día de Huelga General ya está amortizada por el Gobierno fascista del Partido de la Patronal (PP). Se ríen de un día de huelga. Se mueren de la risa, porque saben que ahora están en la cresta de la ola, que las medidas radicales se toman en los días siguientes a entrar en el Gobierno.

Así
lo hizo Zapatero con la retirada de las tropas de Irak, luego se cagó y
mantuvo las tropas en Afganistán y para colmo participó en la invasión y
destrucción del único Estado que mantenía derechos sociales y
educativos por encima los Estados africanos y de muchos europeos,
Libia. La medidas que haya que aplicar se aplican de inmediato dicen los
gobernantes.

Así
lo hizo Zapatero con la retirada de las tropas de Irak, luego se cagó y
mantuvo las tropas en Afganistán y para colmo participó en la invasión y
destrucción del único Estado que mantenía derechos sociales y
educativos por encima los Estados africanos y de muchos europeos,
Libia. La medidas que haya que aplicar se aplican de inmediato dicen los
gobernantes.

En
este caso no es la guerra, que la guerra le viene bien al Santo Poder,
sino los derechos de los trabajadores, y en quince días redactan un
REFORMAZO laboral que supone en realidad un Golpe de Estado. Quizás
pudiera parecer exagerado si no fuera porque resulta hasta chusco –pues
se dice que la convalidación del Decreto Ley lo harían el 23F-, un Golpe
de Estado a la clase trabajadora. Y trabajadores somos todos le pese al
pijo que lleva corbata y gana 3.000€/mes o la pija de botines y
pantalones de pitillo con chamarra de ante y melena al viento con
3.000€/mes. Todos los asalariados los son. También los funcionarios de
carrera, y si alguno de estos funcionarios creen que están a salvo que
se lean muy despacio en art. 85.2 de la Ley del EBEP de 2007. Estamos en
pleno capitalismo, siempre lo estuvimos, pero es que ahora son peor que
las hienas, y arrancan los derechos laborales a dentelladas y con esa
sonrisa y esa risa propia de estas alimañas.

Me preguntó uno que era mileurista si él
podía ir a la huelga General de cinco días. Le hice los cálculos. Si
ganas 1.000 netos significa que tienes un salario bruto sobre los 1.300€
(15%IRPF +6,80% SS). Si se hiciera el descuento por día, y es lo que
corresponde, por cada uno te descontarían 43,3 €, que multiplicado por
5, tendrías un descuento este mes de 216,5€.

-Entonces
la huelga de cinco días me cuesta 216€, y tengo que vivir con menos de
800€. Eso no es posible. Te hago los cálculos. Tengo una letra del
coche, tengo una hipoteca, entre ambos se llevan los 800€, y ¿de qué
como ese mes?

La
razón de por qué no se apoyaría masivamente la huelga de cinco días
radica en la hipoteca y en la letra del coche. Le han atrapado. Sin
embargo, si tenemos en cuenta que cada día de huelga la patronal pierde
37.500 millones de €, entonces podríamos ver que la inversión de los 216
€ del mileurista ha salido rentable. Pues al tercer día de huelga
cuando la patronal lleve sin ingresar 90.000 millones de € le dirá su
mayordomo –el Gobierno de Rajoy- que retire el decreto ley, y que nos
sentemos a negociar el marco de las relaciones laborales.

Por
otro lado el mileurista en su empresa, como no se ha movido, no ha
combatido, y con el miedo a perder los 216€ que le hubiera costado este
mes, resulta que ya le han despedido por “improductivo”, un despido
objetivo. Vaya. El hombre llevaba 10 años en la empresa, y ahora se
encuentra con que el patrón le dice –porque le da la gana decirlo, pues a
nadie le tiene dar cuentas- que le baja el salario, y él que se ha
puesto insolente y le ha dicho que eso no puede ser, el patrón le dice
que se lo baja hasta SMI 641€ brutos), lo que supone que tendrá el mes
que viene un neto de 580€. No quería invertir en una huelga de cinco
días 216€, que dijo descabellada –hasta improperios se escucharon- y el
mes que viene, o el siguiente (en breves momentos comenzará el
espectáculo) el patrón ante semejante agresión a sus derechos, dice que
no puede aceptar la rebaja de salario y que se va. Era un órdago, pero
jugaba a chicas el mileurista, pues el patrón le dio una indemnización
de 20 días por año hasta un máximo de 270 días de salario.

-Adiós
chico, ahora los derechos son míos, porque aunque hayas votado PP no
te enterabas de que son de los nuestros. Ahí tienes tus 20 días, y como
llevas en la empresa 20 años, te llevarás el premio: 270 días

-No, 20 por 20 son 400 días.

-Jeje, son 270. ¿Te vas o te quedas con el salario que te he dicho?

Aquí caben varios finales que dejo al gusto del lector….

Pero
quizás no sepas que te podrán despedir porque has faltado al trabajo
durante 9 días en dos meses justificadamente (20 días por año), o dos
bajas o más que sumen 23 días en un año si ninguna de ellas ha superado
los 21 días
.
Has ganado una oposición en la Administración como personal fijo, basta
que haya carencia presupuestaria sobrevenida en tres meses
consecutivos. Te pueden cambiar de categoría dentro del mismo grupo
profesional y rebaja de salario, no se puede impugnar, no hay derecho
de demanda ni a extinción voluntaria del trabajo con indemnización. El
patrón podrá bajar el salario a toda la plantilla, subir las horas de
trabajo, y cambios de turno a capricho, si no estás de acuerdo te puedes
ir con una indemnización de 20 días año/máximo 9 mensualidades. Te
pueden despedir por causa disciplinaria aunque sea inventada. Si
demandas a la empresa esta pagará la indemnización por improcedente 33
días/máx. 24 mensualidades, pero al patrón “se la pela” que demandes,
porque ya no tiene que pagar los salarios de tramitación. Los convenios
tienen de vida –si no se renuevan ahora- hasta el 12 de febrero de 2014,
a partir de ahí el patrón pondrá el salario que le apetezca (¿650€?,
por ejemplo). La empresa se autoriza un ERE a sí misma.

Y hay más, mucho más.

En resumen, sea cual sea el final de este trabajador
–el que sea, y que gana mil €-, lo cierto es que no ha sabido ni tan
siquiera ser egoísta e invertir aquellos 216€ en una HUELGA GENERAL DE 5
DIAS.

Manuel F. Trillo
http://www.insurgente.org/index.php?option=com_content&view=article&id=10525:cinco-dias-de-huelga-general&catid=243:articulos&Itemid=619


Fuente: Manuel F. Trillo