La Audiencia Nacional ha obligado al obispado de Almería a remitir a un vecino de la capital un documento en el que se certifica que se ha ejecutado el derecho de cancelación de sus datos en la partida de bautismo.

La Audiencia Nacional ha obligado al obispado de Almería a remitir a un vecino de la capital un documento en el que se certifica que se ha ejecutado el derecho de cancelación de sus datos en la partida de bautismo.

En el fallo, el tribunal desestima los argumentos de la institución eclesiástica, que afirma -en consonancia con la actitud mantenida en todas las diócesis donde ha habido movimientos concertados para pedir la apostasía- que las actas de bautismo no son «ficheros personales», sino que se limitan a constatar hechos históricos (en este caso, que los padres de un ciudadano anónimo lo llevaron a bautizar).

La magistrada María del Pilar Teso interpreta las explicaciones remitidas por el obispado al apóstata para negarse a su petición como «un acto obstructivo del ejercicio de un derecho».

El caso se remonta a 2006, cuando el reclamante presentó un escrito ante el obispado en el que solicitaba la cancelación de sus datos del libro de registro. La petición fue desatendida, y, en cambio, la institución pidió más documentación.


Fuente: EP - Almería